3. Otras disposiciones. . (2024/228-40)
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio Colectivo del Sector de Aparcamientos y Garajes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 228 - Viernes, 22 de noviembre de 2024

página 54250/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 14 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo,
Seguridad y Salud Laboral, por la que se procede a la publicación del Convenio
Colectivo del Sector de Aparcamientos y Garajes de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
Visto el texto del III Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía para el
Sector de Aparcamientos y Garajes, código del convenio núm. 71100025012011, suscrito
por la representación legal empresarial y la sindical, en fecha 26 de junio de 2024,
y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro
y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
RESU ELVO
Único. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de noviembre de 2024.- El Director General, Luis Roda Oliveira.
III CONVENIO COLECTIVO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES (2023-2025)
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO PRIMERO
Artículo 1. Partes signatarias.
Son partes firmantes del presente Convenio General, por parte empresarial, la
Asociación Española de Aparcamientos y Garajes (ASESGA) y la Asociación de
Empresas de Regulación del Estacionamiento y Aparcamientos de Andalucía (ASEPAN);
y por parte de los trabajadores, la Federación de Servicios de Movilidad y Consumo de
la Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT-A) y la Federación de Servicios
a la Ciudadanía de Comisiones Obreras de Andalucía (CC.OO.-A) reconociéndose
mutuamente legitimación para negociar el presente Convenio.

Artículo 3. Estructura de la negociación colectiva.
En virtud del presente Convenio, la estructura de la negociación colectiva en su ámbito
queda definida de conformidad con los siguientes niveles sustantivos de Convenios, cada
uno de los cuales ha de cumplir una función específica:
1. Convenio General del Sector de Aparcamientos y Garajes: Con vocación de
permanencia y estabilidad normativa a largo plazo, y su contenido se refiere a la
regulación de las condiciones generales de trabajo a aplicar en todo su ámbito y con la
vigencia que en el propio Convenio se establece.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311197

Artículo 2. Eficacia y alcance obligacional.
El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 83.1 y 83.2 del R.D.
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto
de los Trabajadores, obligando a las empresas y trabajadores comprendidos dentro de su
ámbito funcional, personal y territorial.
Con carácter supletorio, y en lo aquí no previsto, se aplicará el convenio colectivo
general de ámbito nacional para el sector de aparcamientos y garajes.