3. Otras disposiciones. . (2024/227-33)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Roquetas de Mar (Almería). (PP. 10014/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 227 - Jueves, 21 de noviembre de 2024

página 53979/4

1.4. Cuota de reconexión.
Para todos los usos en función del diámetro del contador. Y equivalente a la cuota de
contratación de uso doméstico.
Doméstico
Para contador 13/15 mm
Para contador 20 mm
Para contador 25 mm
Para contador 30 mm
Para contador 40 mm
Para contador 50 mm
Para contador 65 mm
Para contador 80 mm
Para contador 100 mm

74,99 euros
102,78 euros
122,64 euros
142,49 euros
182,20 euros
221,91 euros
281,48 euros
341,04 euros
420,46 euros

1.5. Fianzas.
Con objeto de responder obligaciones económicas que se deriven de esta
Ordenanza, el usuario deberá satisfacer al contratar el suministro una fianza con arreglo
a las siguientes cuantías:
- Suministros indefinidos tipo: Doméstico, comercial e industrial:
* En función del diámetro del contador.
13 mm/15 mm: 127,85 €.
20 mm: 196,69 €.
25 mm: 245,86 €.
30 mm: 295,03 €.
40 mm: 393,37 €.
50 mm y superior: 491,72 €.
- Suministros temporales y Suministros para obra:
* En función del diámetro del contador.
13 mm/15 mm: 384,00 €.
20 mm: 590,00 €.
25 mm: 738,00 €.
30 mm. 885,00 €.
40 mm: 1.180,00 €.
50 mm: 1.475,00 €.

1.6. Derechos de acometida.
La base de esta tarifa es la compensación económica que deben satisfacer los
solicitantes de una acometida a las Entidades suministradoras, para sufragar los gastos
a realizar por éstas en la ejecución de la acometida solicitada y para compensar el valor
proporcional de las inversiones que las mismas deban realizar en las ampliaciones,
modificaciones o reformas y mejoras de sus redes de distribución, bien en el momento
de la petición , o en otra ocasión, y en el mismo lugar o distinto a aquel del que se solicita
la acometida, para mantener la capacidad de abastecimiento del sistema de distribución,
en las mismas condiciones anteriores a la prestación del nuevo suministro, y sin merma
alguna para los preexistentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00310927

- Suministros contra Incendios:
............................................................. 250,00 €.
En el caso de que el contador sea combinado, la fianza resultante será la correspondiente
a la del contador de mayor calibre. Las fianzas deberán ser devueltas al titular del
último suministro, una vez causen baja en el suministro, deduciéndose previamente los
descubiertos, cualesquiera que sean los conceptos productores de los mismos.