3. Otras disposiciones. . (2024/227-35)
Resolución de 4 de julio de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Jaén, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública el proyecto que se cita. (PP. 9068/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Jueves, 21 de noviembre de 2024

página 48040/5

Sexto. Como ya ha quedado indicado en los antecedentes de hecho descritos,
durante el período de información pública se reciben cuatro escritos de alegaciones y otra
documentación de la entidad Premier Engineering and Procurement, S.L. (alegaciones
núm. 1) y de la entidad Atlas Renewable Energy Desarrollos España, S.L. (alegaciones
núm. 3), así como de otras partes interesadas que se exponen en las mismas como
propietarios de terrenos incluidos en la relación de bienes y derechos afectados
(alegaciones núm. 2 y núm. 4).
Una vez analizadas las citadas alegaciones, se observa que el escrito de alegaciones
núm. 1, se basa en la pretensión de admisibilidad de las mismas, en la ausencia de
causa expropiandi como consecuencia de la existencia de negocio jurídico privado con
la entidad solicitante en concreto, de Utilidad Pública de instalación fotovoltaica, del
Proyecto denominado «Instalación Fotovoltaica denominada Zumajo II de 49,99 MWp,
línea media tensión 30 kV CS Zumajo II –SET Zumajo I» en los términos municipales de
Marmolejo, Lopera y Arjona (Jaén).
La parte alegante argumenta que han sido suscritos contratos de compromiso de
constitución de un derecho de superficie u opción de compra con los propietarios de
diversas fincas que se encuentran incorporadas en la relación de bienes y derechos
afectados por instalación de la planta solar fotovoltaica pretendida al objeto de cesión a
entidad solicitante en virtud de los citados negocios jurídicos.
Del mismo modo, el escrito de alegaciones núm. 3, se basa en la pretensión de
admisibilidad de las mismas, en la ausencia de causa expropiandi como consecuencia
de la existencia de negocio jurídico privado de la entidad Atlas Renewable Energy
Desarrollos España, S.L., con los propietarios de parcelas afectadas en la relación de
bienes y derechos afectados, por la instalación fotovoltaica, del Proyecto denominado
«Instalación Fotovoltaica denominada Zumajo II de 49,99 MWp, línea media tensión
30 kV CS Zumajo II –SET Zumajo I» en los términos municipales de Marmolejo, Lopera
y Arjona (Jaén). En el mismo sentido en los escritos de alegaciones núm. 2 y núm. 4, los
propietarios de las fincas afirman la existencia de un proyecto fotovoltaico distinto del
proyecto de «Instalación Fotovoltaica denominada Zumajo II de 49,99 MWp, línea media
tensión 30 kV CS Zumajo II –SET Zumajo I», el cual tiene adquiridos sus derechos de
uso de la propiedad, en este caso con la entidad Atlas Renewable Energy Desarrollos
España, S.L, la cual alega ser titular de un proyecto fotovoltaico de 125 MW denominado
«FV Guadame Solar Atlas».
Remitido con fechas 22 de febrero y 22 de marzo de 2024, los escritos de alegaciones
y demás documentación recibida a la entidad Greenalia Solar Power Zumajo II,
S.L.U., como entidad solicitante del citado proyecto, para que comunicara al órgano
encargado de la tramitación lo que estimara pertinente en el plazo no superior a quince
días, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, el pasado 22 de marzo y 16 de abril de 2024, se presentan escritos
de contestación en los que manifiesta, que con respecto a las alegaciones núm. 1,
las mismas se limitan a describir un conflicto de orden civil relativo a un contrato de
colaboración entre ambas entidades y que el procedimiento de declaración de utilidad
pública iniciado se ajusta a lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000 ya indicado.
En lo referido a las alegaciones núm. 2, núm. 3 y núm. 4, manifiesta en síntesis que:
- Atlas Renewable Energy Desarrollos España, S.L., no tiene la titularidad de un derecho
de opción de uso de superficie sobre las parcelas 31 y 32 del polígono 13 de Arjona (Jaén).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00304991

vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como
la tala de arbolado, si fuera necesario. de terrenos u otros bienes necesarios para
construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones,
así como la tala de arbolado, si fuera necesario.»