3. Otras disposiciones. . (2024/226-26)
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovacción en Almería, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar durante el curso 2024/2025.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 226 - Miércoles, 20 de noviembre de 2024

página 54209/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 4 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovacción en Almería, de concesión de subvenciones a entidades sin ánimo
de lucro para el desarrollo de programas para la prevención, seguimiento y
control del absentismo escolar durante el curso 2024/2025.
Convocadas por Resolución de 13 de junio de 2024, de la Dirección General de Ordenación,
Inclusión, Participación y Evaluación Educativa (BOJA núm. 119, de 20 de junio 2024), por
la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades
públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades
privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación
intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2024/2025, y reguladas por
la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones; vistas las solicitudes
presentadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la citada orden y de acuerdo
con la disponibilidad presupuestaria, se constatan los siguientes antecedentes de hecho y
fundamentos de derecho que motivan la presente resolución.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 17 de septiembre de 2024 se dicta propuesta provisional
de resolución regulada en el artículo 16 de la orden citada en el párrafo anterior, en la
que se incluye, en Anexo I que se adjunta, la relación de entidades sin ánimo de lucro
beneficiarias provisionales de subvención, por importe de cuarenta y seis mil veintidos
euros con noventa y cinco céntimos (46.022,95 €).
Segundo. Al amparo del artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, que establece
las bases reguladoras de estas ayudas, la Comisión Provincial Evaluadora procede al
estudio y verificación de la documentación presentada en el trámite de audiencia por
las diferentes Asociaciones y eleva propuesta definitiva de resolución al Delegado
Territorial de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta
de Andalucía en Almería.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. Las solicitudes de ayudas económicas para financiar proyectos para el
desarrollo de programas de prevención, seguimiento y control del absentismo escolar
y la tramitación de las mismas se ajustan a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas
Tributarias, Administrativas y Financieras, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311156

Primero. La competencia para resolver el presente procedimiento de concesión de
ayudas económicas a Asociaciones sin fines de lucro viene dada en virtud de lo dispuesto
en el artículo 15 de la Orden de 15 de abril de 2011, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones de
alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de
equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo
escolar en Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el curso 2011/2012.