3. Otras disposiciones. . (2024/224-51)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Santo Tomé para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Santo Tomé, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024

página 54064/2

de las competencias atribuidas en materia de aguas por el Decreto 157/2022, de 9 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y facultada a los efectos de la presente adenda al
convenio por los artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía.
De otra, don Francisco Jiménez Nogueras, Alcalde del Ayuntamiento de Santo Tomé que
interviene en la representación del municipio que le confiere el artículo 21 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio de las competencias
que establecen el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes y facultado
para la firma de la presente adenda al Convenio en virtud del acuerdo plenario adoptado en
sesión del día 20 de septiembre de 2023.
Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan,
capacidad suficiente para el otorgamiento de la presente adenda al Protocolo, y para
asumir los compromisos y obligaciones que de la misma se derivan, y a tal efecto
E XPONEN
I. Con fecha 21 de diciembre de 2022 se suscribió entre el Ayuntamiento de Santo
Tomé y la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de
Andalucía un Convenio para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de
infraestructuras hidráulicas de depuración del municipio de Santo Tomé, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
II. Tras la firma del convenio referido, surgió la necesidad de modificarlo debido a las
siguientes circunstancias:
- Las sesiones plenarias del Ayuntamiento en las que se acordaron la autorización al
Alcalde para la firma del convenio así como la aprobación de los términos del convenio
firmado fueron de fechas 23 de febrero de 2022 y 10 de octubre de 2022.
- Se ha identificado un error en la numeración de los últimos cinco apartados del
Exponen.
- Según el proyecto de construcción redactado con fecha septiembre de 2022 el
presupuesto base de licitación asciende a 2.799.507,72 euros en lugar del presupuesto
estimado que consta en el convenio firmado.
- El Ayuntamiento solicitó a la Consejería la asunción de la tramitación del
procedimiento expropiatorio y del coste de las expropiaciones necesarias para la
ejecución de la actuación objeto del mismo.
Procede por tanto acordar entre las partes la presente adenda con el fin de ajustar el
convenio firmado en los cuatro aspectos indicados.
Que, por el Ayuntamiento en Pleno de fecha 20 de septiembre de 2023 se aprueba en
todos sus términos el texto de la presente adenda al convenio y se autoriza a su Alcalde
don Francisco Jiménez Nogueras a la firma de la misma.

Primera y única. La presente adenda modifica el Convenio firmado entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento
de Santo Tomé, el 21 de diciembre de 2022, en los siguientes términos:
1. En el Reunidos:
• Donde dice: «...en virtud del acuerdo plenario adoptado en sesión del día 23 de
febrero de 2022…» debe decir «...en virtud de los acuerdos plenarios adoptados en
sesiones de 23 de febrero y 10 de octubre de 2022…»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00311012

ESTIPUL ACIONES