Autoridades y personal. . (2024/224-32)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva establecido en el artículo 134.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024

página 54007/7

establecido, con la adjudicación de plazas a quienes las hubieran obtenido y que incluirá
la relación de profesorado admitido que participa según el punto Tercero apartado 4, que
no ocupará plaza, así como el listado definitivo de solicitudes que resulten excluidas, con
indicación de las causas de exclusión. La Dirección General de Innovación y Formación
del Profesorado publicará mediante resolución dichos listados en la web de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. Dicha resolución indicará la fecha de comienzo del curso, y además servirá de
notificación a las personas con plaza adjudicada en el programa formativo.
Décimo. Certificaciones.
1. Para la obtención de la certificación, las personas participantes en esta formación
estarán obligadas a llevar a cabo el curso completo de formación, es decir, a la realización
y superación de todos los módulos, la realización de las tareas asociadas a cada módulo
y la elaboración de un proyecto de dirección, a excepción del profesorado que participe
según el punto Tercero apartado 4 de esta resolución, que solo deberá superar el Módulo
VI. Proyecto de dirección.
2. Todos los documentos que conformen las tareas y el proyecto de dirección deben
tener carácter original e inédito. El plagio detectado en parte o totalidad de los mismos
será objeto de no certificación del curso. Todo ello, sin perjuicio de la responsabilidades
disciplinarias a las que pudiera dar lugar.
3. Una vez finalizada la formación de forma satisfactoria, la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional a través de la Dirección General de Innovación y
Formación del Profesorado, expedirá un certificado de 150 horas de formación para la
acreditación de la función directiva a las personas participantes que hayan superado el
proceso formativo.
Undécimo. Recursos.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas
interesadas podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada ante la
persona titular de la Viceconsejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de
conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de
la Junta de Andalucía.
Sevilla, 11 de noviembre de 2024.- El Director General, Francisco Javier Fernández Franco.
ANEXO I

CEP
ALMERÍA 1
ALMERÍA 2
ALMERÍA 3
CÁDIZ 1
CÁDIZ 2
CÁDIZ 3
CÁDIZ 4
CÓRDOBA 1
CÓRDOBA 2
CÓRDOBA 3
GRANADA 1

INFANTIL / PRIMARIA
38
18
20
26
28
11
26
44
8
22
54

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

SECUNDARIA / FP
17
8
10
14
12
7
12
19
7
13
22

EOI, EA, CONSERVATORIO, CEPER,...
4
2
4
6
2
1
2
7
2
5
7

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310955

PLAZAS DISPONIBLES PARA CADA ZONA EDUCATIVA