Autoridades y personal. . (2024/224-32)
Resolución de 11 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se convoca curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva establecido en el artículo 134.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024
página 54007/10
centros. Órganos de coordinación docente y colegiados de gobierno. El sector asociativo.
Los Consejos Escolares de rango territorial en el marco de la Ley 4/1984, de 9 de enero,
de Consejos Escolares.
ANEXO III
BAREMO PARA LA SELECCIÓN INDIVIDUAL DE CANDIDATURAS
2. Desempeño de cargos directivos y otras
funciones.
2.1 Estar ejerciendo la dirección en el presente
curso académico en un centro docente público.
2.2 Formar parte de un equipo directivo,
ejerciendo cualquier cargo a excepción de la
dirección, en el presente curso académico en un
centro docente público.
2.3 Por cada año completo de haber formado
parte de equipos directivos en cursos académicos
anteriores en un centro docente público.
2.4 Por cada año completo como coordinador/a
de equipos de ciclo, jefatura de departamento,
áreas de competencia, asesorías de formación,
inspector/a de educación con carácter provisional,
y otras coordinaciones de Planes Estratégicos de
la Consejería en los centros docentes públicos.
3. Formación académica.
3.1 Otras titulaciones universitarias que no
hubieran sido las exigidas con carácter general
para el ingreso en el Cuerpo desde el que se
participa.
3.1.1 Licenciatura, Grado u otras titulaciones
equivalentes.
3.1.2 Diplomatura u otras titulaciones
equivalentes.
3.2 Título de Doctor o Doctora.
3.3 Por cada título universitario oficial de máster.
4. Formación y perfeccionamiento.
4.1 Asistencia a actividades de formación
vinculadas con la función directiva, homologadas
por las administraciones educativas en los últimos
5 años.* (Se puntuará con 0,10 puntos por cada 10
horas acreditadas).
4.2 Impartición y coordinación de actividades de
formación vinculadas con la función directiva,
homologadas por las administraciones educativas
en los últimos 5 años.* (Se puntuará con 0,10
puntos por cada 3 horas acreditadas).
TOTAL BAREMO
VALORACIÓN
MÁXIMO 3 PUNTOS
0,25 puntos
MÁXIMO 5 PUNTOS
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Documento obrante en el Registro de Recursos
Humanos.
Deberán acreditarse todos aquellos méritos de este
apartado que no aparezcan en el Portal Docente.
No se computarán los puestos o cargos simultáneos
referidos a un mismo período de tiempo.
2 puntos
0,75 puntos
0,60 puntos
(Máximo 3)
0,25 puntos
(Máximo 1)
MÁXIMO 2 PUNTOS
Máximo 1 punto
0,50 puntos
0,25 puntos
0,50 puntos
0,25 puntos
MÁXIMO 4 PUNTOS
Fotocopia de todos los títulos que se posean o en
su defecto, supletorio o certificación académica
oficial donde conste de forma expresa que se
han superado todas las asignaturas o créditos
conducentes para la obtención de dichos títulos
y certificado de abono de los derechos de
expedición.
Siempre que no hubiera sido considerado
conducente a la titulación presentada o en su caso
utilizado como requisito de acceso para el ingreso
a la Función Pública Docente.
Deberán acreditarse todos aquellos méritos en
materia de formación que no aparezcan en el
Historial Formativo de Séneca.
Máximo 2 puntos
Máximo 2 puntos
Máximo 14 puntos
* Se consideran actividades vinculadas a la función directiva aquellas destinadas al desarrollo de las competencias específicas de
la función directiva mencionadas en el Anexo I del Real Decreto 894/2014.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310955
MÉRITOS
1. Antigüedad.
Por cada año completo como funcionario docente
de carrera.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 224 - Lunes, 18 de noviembre de 2024
página 54007/10
centros. Órganos de coordinación docente y colegiados de gobierno. El sector asociativo.
Los Consejos Escolares de rango territorial en el marco de la Ley 4/1984, de 9 de enero,
de Consejos Escolares.
ANEXO III
BAREMO PARA LA SELECCIÓN INDIVIDUAL DE CANDIDATURAS
2. Desempeño de cargos directivos y otras
funciones.
2.1 Estar ejerciendo la dirección en el presente
curso académico en un centro docente público.
2.2 Formar parte de un equipo directivo,
ejerciendo cualquier cargo a excepción de la
dirección, en el presente curso académico en un
centro docente público.
2.3 Por cada año completo de haber formado
parte de equipos directivos en cursos académicos
anteriores en un centro docente público.
2.4 Por cada año completo como coordinador/a
de equipos de ciclo, jefatura de departamento,
áreas de competencia, asesorías de formación,
inspector/a de educación con carácter provisional,
y otras coordinaciones de Planes Estratégicos de
la Consejería en los centros docentes públicos.
3. Formación académica.
3.1 Otras titulaciones universitarias que no
hubieran sido las exigidas con carácter general
para el ingreso en el Cuerpo desde el que se
participa.
3.1.1 Licenciatura, Grado u otras titulaciones
equivalentes.
3.1.2 Diplomatura u otras titulaciones
equivalentes.
3.2 Título de Doctor o Doctora.
3.3 Por cada título universitario oficial de máster.
4. Formación y perfeccionamiento.
4.1 Asistencia a actividades de formación
vinculadas con la función directiva, homologadas
por las administraciones educativas en los últimos
5 años.* (Se puntuará con 0,10 puntos por cada 10
horas acreditadas).
4.2 Impartición y coordinación de actividades de
formación vinculadas con la función directiva,
homologadas por las administraciones educativas
en los últimos 5 años.* (Se puntuará con 0,10
puntos por cada 3 horas acreditadas).
TOTAL BAREMO
VALORACIÓN
MÁXIMO 3 PUNTOS
0,25 puntos
MÁXIMO 5 PUNTOS
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
Documento obrante en el Registro de Recursos
Humanos.
Deberán acreditarse todos aquellos méritos de este
apartado que no aparezcan en el Portal Docente.
No se computarán los puestos o cargos simultáneos
referidos a un mismo período de tiempo.
2 puntos
0,75 puntos
0,60 puntos
(Máximo 3)
0,25 puntos
(Máximo 1)
MÁXIMO 2 PUNTOS
Máximo 1 punto
0,50 puntos
0,25 puntos
0,50 puntos
0,25 puntos
MÁXIMO 4 PUNTOS
Fotocopia de todos los títulos que se posean o en
su defecto, supletorio o certificación académica
oficial donde conste de forma expresa que se
han superado todas las asignaturas o créditos
conducentes para la obtención de dichos títulos
y certificado de abono de los derechos de
expedición.
Siempre que no hubiera sido considerado
conducente a la titulación presentada o en su caso
utilizado como requisito de acceso para el ingreso
a la Función Pública Docente.
Deberán acreditarse todos aquellos méritos en
materia de formación que no aparezcan en el
Historial Formativo de Séneca.
Máximo 2 puntos
Máximo 2 puntos
Máximo 14 puntos
* Se consideran actividades vinculadas a la función directiva aquellas destinadas al desarrollo de las competencias específicas de
la función directiva mencionadas en el Anexo I del Real Decreto 894/2014.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310955
MÉRITOS
1. Antigüedad.
Por cada año completo como funcionario docente
de carrera.