3. Otras disposiciones. . (2024/223-30)
Resolución de 8 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, por la que se hace público el fallo del jurado para la concesión de los premios para el reconocimiento a centros bilingües y plurilingües de Andalucía con buenas prácticas docentes en enseñanza bilingüe durante el curso 2023-2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Viernes, 15 de noviembre de 2024
página 54005/3
Segundo. Financiación de los premios.
La financiación de los premios se realizará con cargo a la partida presupuestaria
1100038406 G/54C/22608/01 correspondiente al ejercicio 2024 de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá a las cuentas de los centros docentes premiados las cantidades que
correspondan según el premio concedido.
Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de
actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.
Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, y serán
dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose
destinar a otro concepto distinto de gasto.
00310953
Sevilla, 8 de noviembre de 2024.- El Director General, Francisco Javier Fernández Franco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Viernes, 15 de noviembre de 2024
página 54005/3
Segundo. Financiación de los premios.
La financiación de los premios se realizará con cargo a la partida presupuestaria
1100038406 G/54C/22608/01 correspondiente al ejercicio 2024 de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Junta de
Andalucía transferirá a las cuentas de los centros docentes premiados las cantidades que
correspondan según el premio concedido.
Los centros premiados destinarán la cuantía del premio a reforzar la realización de
actuaciones para el fomento de la enseñanza bilingüe.
Dichas cantidades se justificarán en la forma prevista en la normativa vigente, y serán
dedicadas exclusivamente a la finalidad para la que han sido concedidas, no pudiéndose
destinar a otro concepto distinto de gasto.
00310953
Sevilla, 8 de noviembre de 2024.- El Director General, Francisco Javier Fernández Franco.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja