3. Otras disposiciones. . (2024/223-33)
Orden de 8 de noviembre de 2024, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio prestado por el personal que presta sus servicios en la sociedad mercantil Pulsia Technology, S.A.U., y que prestan servicio en la red de hospitales y de los centros de atención primaria del Servicio Andaluz de Salud, mediante el establecimiento de servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Viernes, 15 de noviembre de 2024

página 53994/2

Artículo 3. Los artículos anteriores no supondrán limitación alguna de los derechos
que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni
tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.
Artículo 4. Sin perjuicio de lo que establecen los artículos anteriores, deberán
observarse las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de garantías de los
usuarios de establecimientos sanitarios, y se garantizará la reanudación normal de la
actividad, una vez finalizada la huelga.
Artículo 5. La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 8 de noviembre de 2024
ROCÍO HERNÁNDEZ SOTO
Consejera de Salud y Consumo

ANEXO I
En relación con la situación de huelga, que podrá afectar a todas las trabajadoras
de la sociedad mercantil Pulsia Technology, S.A.U., y que prestan servicios en la red de
hospitales y de los centros de atención primaria del Servicio Andaluz de Salud, la cual
se llevará a efecto entre las 00:00 y las 23:59 horas del día 11 de noviembre de 2024, se
establecen los siguientes Servicios Mínimos:
Servicios de guardia (de 00:00 a 8:00 y de 20:00 a 23:59):
El personal técnico por provincia como viene siendo habitual para garantizar el 100%
de los Puestos de Trabajo de Especial Importancia (PTEI)
Servicios de 8:01 a 15:00 horas:
50% del personal técnico en total por provincia.

00310942

Servicios de 15:01 a 19:59:
25% del personal técnico en total por provincia.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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