Disposiciones generales. . (2024/222-1)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se reajustan las anualidades del crédito asignado a la convocatoria de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, al desarrollo de proyectos de obras audiovisuales en Andalucía en el ejercicio 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53880/3
electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html, y en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía, en el
enlace https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25603.html,
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 19 del Cuadro Resumen de la Orden de
11 de marzo de 2024 (BOJA número 56, de 20 de marzo), y en el apartado noveno de la
Resolución de 21 de agosto de 2024 (BOJA número 167, de 28 de agosto), en los términos
del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Presidencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo de los
artículos 3.5, 9.2.h) y 34.1 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto
103/2011, de 19 de abril, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación
de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente el recurso contenciosoadministrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la resolución,
todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
antes mencionada, y con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00310824
Sevilla, 7 de noviembre de 2024.- El Director, José Ángel Vélez González.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Jueves, 14 de noviembre de 2024
página 53880/3
electrónica: https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector.html, y en el
Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía, en el
enlace https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25603.html,
de conformidad con lo dispuesto en el apartado 19 del Cuadro Resumen de la Orden de
11 de marzo de 2024 (BOJA número 56, de 20 de marzo), y en el apartado noveno de la
Resolución de 21 de agosto de 2024 (BOJA número 167, de 28 de agosto), en los términos
del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la
Presidencia de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al amparo de los
artículos 3.5, 9.2.h) y 34.1 de los Estatutos de la Agencia, aprobados por el Decreto
103/2011, de 19 de abril, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación
de la presente resolución, de acuerdo con lo señalado en los artículos 112, 121 y 122
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente el recurso contenciosoadministrativo, ante los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses,
contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de la resolución,
todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
antes mencionada, y con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00310824
Sevilla, 7 de noviembre de 2024.- El Director, José Ángel Vélez González.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja