Autoridades y personal. . (2024/221-14)
Resolución de 7 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina Intensiva, por el sistema de acceso libre, a las personas que han superado el proceso selectivo del concurso oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan, se declaran a las personas que se citan decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024
página 53806/3
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir
del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Cuarto. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo, conforme
establece la disposición adicional 37.ª de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función
Pública de Andalucía, a las personas que se relacionan en el Anexo III de esta resolución.
Anunciar, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el caso de
existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310754
Tercero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla inhabilitado/a
con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se podrá
llevar a cabo la publicación del nombramiento de aquellos que hayan presentado en tiempo
y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación de documentación por
parte de los nuevos aspirantes que se propongan.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024
página 53806/3
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de toma de posesión será de un mes improrrogable, contado a partir
del primer día hábil siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía. Perderán los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas quienes, transcurrido dicho plazo, no se hayan incorporado a su
destino, salvo causa justificada así apreciada por esta Dirección General.
Cuarto. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo, conforme
establece la disposición adicional 37.ª de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función
Pública de Andalucía, a las personas que se relacionan en el Anexo III de esta resolución.
Anunciar, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el caso de
existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310754
Tercero. Conceder, a fin de no causar indefensión y de conformidad con lo establecido
en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles a partir del día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía a las
personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta resolución para subsanar la falta
de presentación de declaración responsable de que:
- No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos, y autorizar la consulta en el Registro Central de
delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia. En caso de no autorizarla, opta por
presentar original de la certificación negativa en vigor del mismo en el acto de toma de
posesión conociendo que es requisito indispensable para ello.
- No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni se halla inhabilitado/a
con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
- No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el ejercicio de sus
funciones teniendo en su poder original del certificado médico en vigor que así lo acredita y
que presentará en el acto de toma de posesión. En caso de tener reconocida la condición de
discapacidad, que no padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio
de sus funciones y posee la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias
de la especialidad a la que se opta, teniendo en su poder original del certificado médico en
vigor que así lo acredita y que presentará en el acto de toma de posesión.
Aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia concedido, no
subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los requisitos, no
podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de Salud, y perderán
los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin perjuicio, en su
caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud,
de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
La documentación debe presentarla a través del Formulario electrónico disponible en
la Ventanilla Electrónica de Profesionales (VEC), a través de la utilidad de presentación
de Formularios DGP/Registro Solicitudes, seleccionando el Tipo de Solicitud «Registro
de documentación en un Proceso de OEP y traslados», dentro del proceso selectivo
correspondiente, seleccionando «Documentación requerida en trámite de audiencia»
(https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/ventanillaelectronica-de-profesionales).
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se podrá
llevar a cabo la publicación del nombramiento de aquellos que hayan presentado en tiempo
y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación de documentación por
parte de los nuevos aspirantes que se propongan.