3. Otras disposiciones. . (2024/221-54)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Guarromán para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024

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- Tiene en cuenta la dimensión del reto demográfico pues el municipio referido se
encuentra entre los considerados medianos/pequeños municipios que cumplen una serie
de indicadores de renta media, empleo, densidad de población, edad de la población y
pérdida de población.
- Incide positivamente en el pilar de la transición ecológica al estar enmarcada en el
Anexo VI del Reglamento UE 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, y dar respuesta a los objetivos ambientales perseguidos.
- No dispone de otra financiación que la indicada en el presente convenio.
1.2.2. Se eliminan los apartados X, XI y XII del convenio firmado, que son los
siguientes:
X. En aplicación del principio de recuperación de costes, la Ley 9/2010 establece el
canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, cuya recaudación y autoliquidación, como sustituto del contribuyente,
corresponde a las entidades suministradoras, las cuales serán responsables frente a la
Tesorería General de la Junta de Andalucía u organismo en quien delegue, de transferir
la totalidad de los ingresos obtenidos por este concepto, conforme a lo dispuesto en la
Orden de 17 de junio de 2011, por la que se aprueban los modelos 761 de Autoliquidación
Semestral y 762 de Declaración Anual, y se determinan el lugar y la forma de pago del
canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma, y
demás normas reguladoras.
XI. Que los ingresos procedentes del canon de mejora quedan afectados a la
financiación de las infraestructuras hidráulicas declaradas de interés de la Comunidad
Autónoma, según lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 9/2010, para alcanzar en todo el
ámbito territorial de Andalucía un nivel homogéneo de calidad que cumpla los requisitos
legal y reglamentariamente establecidos.
XII. El pago de intereses y la amortización de créditos para la financiación de las
infraestructuras antes mencionadas podrán garantizarse con cargo a la recaudación
que se obtenga con el canon. En este sentido, debe destacarse que en la recaudación
y aplicación de los ingresos derivados del citado canon rige, además, el principio de
solidaridad entre los usuarios, al tenerse en cuenta efectos sociales, medioambientales
y económicos de la recuperación y las condiciones geográficas y climáticas propias de
Andalucía.
1.2.3. Se renumeran del apartado X en adelante.
1.3. En el clausulado del Convenio firmado:
1.3.1. En la segunda clausula «Compromisos de las Partes»:
Se elimina el apartado 2.1:
Dicho abono se hará con cargo al canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de
interés de la Comunidad Autónoma.
Se incluyen en el apartado 2.1:
Las actuaciones que se tramiten por la Consejería, en el marco del convenio, deberán
atenerse a las exigencias y controles establecidos por el Estado para la tramitación
de las actividades sufragadas por el PRTR recogidos en las disposiciones básicas
siguientes, tales son la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se
configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
y la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento
y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal,
Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de los objetivos y de ejecución
presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del PRTR, así como
demás normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación. Esta tramitación
se realizará bajo el principio del compromiso con el resultado y bajo el respeto de los
hitos, objetivos y medición de indicadores de los mismos de la Decisión de Ejecución del
Consejo (CID).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310776

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía