3. Otras disposiciones. . (2024/221-54)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Guarromán para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 221 - Miércoles, 13 de noviembre de 2024

página 53830/4

Séptimo. Que, por el Ayuntamiento en Pleno se aprueba en todos sus términos el
texto de la presente Adenda al Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde don
Alberto Ruiz Mostacero a la firma de la misma. En virtud del Acuerdo Plenario, de 20 de
diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Guarromán.

Primero y único: La presente Adenda modifica el Convenio de 22 de noviembre de
2019, para incluir las clausulas referidas al cumplimiento de la normativa que regula el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el que se encuentra incluida la
actuación objeto de dicho convenio y se modifican en los siguientes términos:
1.1. En el nombre del Convenio:
Se incluye al final: En el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia del Gobierno de España.
1.2. En el Exponen del Convenio:
1.2.1. Se incluyen los apartados VI, VII, VIII y IX, con la siguiente redacción:
VI. El Gobierno de España aprobó, por Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de abril
de 2021, el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para activar el
empleo, la inversión y la economía españoles tras la intensa caída de actividad provocada
por la pandemia del COVID-19. El PRTR se configura con base en 4 objetivos transversales
y 10 políticas palanca, entre las que se encuentra la política II de Infraestructuras y
ecosistemas resilientes y el componente 5 de Preservación del espacio litoral y los
recursos hídricos, que incluye en su Inversión núm. 1 la materialización de actuaciones de
depuración, saneamiento, eficiencia, ahorro, reutilización y seguridad de infraestructuras.
Las actuaciones, entre las cuales se encuentra la que es objeto de este convenio, y que
benefician a aglomeraciones urbanas comprendidas entre los 2.000 y 5.000 habitantesequivalentes que no cumplan con los requisitos establecidos en la Directiva 91/271/CEE y
que no estén declarados de interés general del Estado, estarán reguladas por la normativa
europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación a dicho Plan.
VII. Dichas actuaciones se encuentran sujetas al cumplimiento de la normativa aplicable al
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia dentro del Instrumento Europeo de Recuperación
(«Next Generation UE»), entre otras, al Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación
y Resiliencia, a la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el
sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a la Orden
HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato
de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y
Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria
y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, a las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de la presente
Convocatoria, dicte el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital en materia
de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información, publicidad, justificación y control
del gasto, y cualesquiera otras que resulten de aplicación.
VIII. La actuación objeto del convenio está sujeta al cumplimiento, ejecución y
realización de los objetivos fijados para el MRR de la UE, en el marco de los principios que
rigen dicho mecanismo, a la plena aplicación de los mecanismos de gestión, seguimiento
y control del MRR, a la normativa aplicable a la gestión, seguimiento y control del PRTR,
así como a las específicas relativas a la información y publicidad, verificación y demás
impuestas por la normativa europea, estatal y autonómica que le sea de aplicación.
IX. Conforme a los objetivos y principios que rigen el PRTR, la actuación objeto del
convenio:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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ACUERDA N