Disposiciones generales. . (2024/220-1)
Acuerdo de 5 de noviembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Contrato Plurianual de Gestión de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo para el periodo 2025-2026.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Martes, 12 de noviembre de 2024

página 53687/2

5.ª La ejecución, como competencias propias, de las acciones formativas que en el
ámbito de la formación profesional para el empleo se determinen, conforme a la planificación
de la oferta formativa que efectúe la Dirección General competente en materia de formación
profesional para el empleo. A tales fines, gestionará, como competencias propias, los
centros de formación para el empleo que se determinen por parte de la Dirección General
competente en materia de formación profesional para el empleo.
6.ª Cuantas otras funciones le sean atribuidas, para su ejercicio como competencias
propias, por cualquier norma o acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía
o aquéllas que, en un futuro, pudieran ser transferidas a la Junta de Andalucía en materia
de políticas de empleo.
La Agencia SAE, en el ámbito de sus competencias, cuenta con cuantas potestades
administrativas sean necesarias para el cumplimiento de sus fines y funciones.
El artículo 72.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, así como el artículo 25.1 de los Estatutos del Servicio Andaluz de
Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril, establecen que la actuación de
las Agencias de régimen especial se producirá conforme al plan de acción anual, bajo
la vigencia y con arreglo al pertinente contrato plurianual de gestión, que definirá los
objetivos a perseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar.
El Contrato de Gestión de la Agencia SAE contiene, a partir de la definición de la misión
y visión de la organización, los objetivos a alcanzar en el periodo 2025-2026, los planes
y programas de actuación a desarrollar, así como los resultados a obtener y el sistema
de indicadores que se utilizarán para realizar un seguimiento y evaluación continuada del
mismo. Incluye, igualmente, recursos humanos, materiales, tecnológicos, presupuestarios
y patrimoniales necesarios para implementar los planes y programas diseñados.
El artículo 25.2 de los citados estatutos prevé que el Contrato de Gestión será
elaborado por la Dirección-Gerencia, quien lo elevará a la Presidencia, oído el Consejo
de Administración, y será aprobado por el Consejo de Gobierno previo informe de las
Consejerías competentes en materia de Hacienda y Administración Pública.
Por todo ello, a propuesta de la persona titular de la Presidencia del Servicio Andaluz
de Empleo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2.l) de los Estatutos de la
Agencia SAE, oído el Consejo de Administración, y previo informe de la Dirección General
de Planificación y Organización del Sector Público Andaluz de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública y de la Dirección General de Presupuestos de la
Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, el Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 5 de noviembre de 2024, adopta el siguiente
ACUERDO
Primero. Aprobar el Contrato Plurianual de Gestión de la Agencia Servicio Andaluz de
Empleo para el periodo 2025-2026, cuyo texto se anexa al presente acuerdo.
Segundo. El presente acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 5 de noviembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía

00310635

ROCÍO BLANCO EGUREN
Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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