Disposiciones generales. . (2024/219-2)
Orden de 5 de noviembre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento del empleo de personas con problemas de adicciones en proceso de incorporación social «Programa Arquímedes».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 219 - Lunes, 11 de noviembre de 2024

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25.f).6º Justificación mediante certificación de la intervención de la Entidad Local, cuando se trate de Corporaciones Locales.

26.- Reintegro (Artículo 28).
26.a) Causas específicas de reintegro:
No se establecen.
Se establecen las siguientes:

La extinción anticipada de la relación laboral, salvo que se contrate a otra persona en su lugar por el
periodo restante.

26. b) Criterios de graduación que se aplicarán a los incumplimientos:
Cuando no se consigan íntegramente los objetivos previstos, pero el cumplimiento se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, se
valorará el nivel de consecución y el importe de la subvención será proporcional a dicho nivel. Este nivel de consecución con respecto a los objetivos
previstos, deberá alcanzar, al menos el siguiente porcentaje:
cumplimiento total, cuando

. Se considera que el cumplimiento se aproxima de modo significativo al

Si la actividad subvencionable se compone de varias fases o actuaciones y se pueden identificar objetivos vinculados a cada una de ellas, el importe
de la subvención será proporcional al volumen de las fases o actuaciones de la actividad en las que se hayan conseguido los objetivos previstos.
Otros criterios proporcionales de graduación:

En atención al colectivo de que se trata, el importe de la subvención será proporcional a la vigencia
del contrato.

26.c) Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de reintegro: La persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería competente

en materia de salud de la provincia donde se ubique el centro de trabajo de
la entidad pública o privada que realice la contratación, que actuará por
delegación de la persona titular de la Consejería con competencias en
materia de salud.
- Instruir el procedimiento de reintegro: Se designará por el órgano competente para resolver.
- Resolver el procedimiento de reintegro: La persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de salud de la provincia donde se ubique el centro de
trabajo de la entidad pública o privada que realice la contratación, que
actuará por delegación de la persona titular de la Consejería con
competencias en materia de salud.

27.- Régimen sancionador (Artículo 29).
Órganos competentes para:
- Iniciar el procedimiento de sancionador: La

persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de salud de la provincia donde se ubique el centro
de trabajo de la entidad pública o privada que realice la contratación,
que actuará por delegación de la persona titular de la Consejería con
competencias en materia de salud.
- Instruir el procedimiento de sancionador: Se designará por el órgano competente para resolver.

persona titular de la Delegación Territorial de la Consejería
competente en materia de salud de la provincia donde se ubique el centro
de trabajo de la entidad pública o privada que realice la contratación,
que actuará por delegación de la persona titular de la Consejería con
competencias en materia de salud.

00310613

- Resolver el procedimiento de sancionador: La

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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