Autoridades y personal. . (2024/218-11)
Resolución de 29 de octubre de 2024, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la categoría de Titulado de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024

página 53620/8

9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de las personas aspirantes que
hayan superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo
definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá
automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el
acuerdo por el que se publica el listado de aspirantes que han superado el mismo sin que
su número pueda superar el de plazas convocadas. En el supuesto de que ninguna de las
personas aspirantes superase el proceso selectivo de promoción interna, se procederá
a la cobertura de la plaza mediante el sistema de turno libre al que podrán acceder
únicamente las personas candidatas incluidas en el listado definitivo de dicho proceso
publicado de acuerdo con el punto 4 de las presentes bases.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11. Bolsa de trabajo.
11.1. En el supuesto que alguna de las plazas no sea cubierta mediante la fase de
turno de promoción interna, según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento
de Selección, Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios
de la Universidad de Cádiz, como consecuencia de la resolución de la fase de turno libre
del presente proceso selectivo, se elaborará una bolsa de trabajo de la categoría Titulado
de Grado Medio de apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz Tipo A
con destino en el Departamento Biomedicina, Biotecnología y Salud Pública.
11.2. Conforme al apartado 3 del artículo 29 del mismo Reglamento para formar parte
de la bolsa de trabajo será necesario haber superado al menos la mitad de los ejercicios
de la fase de oposición.
11.3. Para la integración de la bolsa de trabajo consecuencia del presente proceso
selectivo, se estará a lo dispuesto en el artículo 29 del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz.
11.4. Las personas aspirantes deberán aceptar expresamente, en la solicitud de
participación a este proceso selectivo, su inclusión, autorizando, en el mismo acto, la
publicación de la correspondiente bolsa de trabajo en la página web del Área de Personal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Presentación de documentos y contratación.
10.1. Aquellas personas que hayan superado el proceso selectivo deberán presentar
en el área de Personal de la Universidad, sita en el Edificio Hospital Real en Plaza de
Falla, núm. 8, Cádiz, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en
la presente convocatoria.
10.2. Quienes hayan superado el proceso selectivo estarán exentas de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su
anterior contrato en la Universidad de Cádiz.
10.3. Las personas aspirantes que, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza
mayor, no presenten la documentación, o del examen de la misma, se dedujera que
carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratadas
en la categoría Técnico Auxiliar de Laboratorio y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.