Autoridades y personal. . (2024/218-16)
Resolución de 11 de octubre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de acceso entre acreditados plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53618/5
7. Desarrollo de la prueba.
7.1. La prueba se realizará dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el día
del acto de presentación, sin que pueda celebrarse antes de transcurridas 24 horas desde
dicho acto. No obstante, las personas concursantes podrán renunciar a este plazo de 24
horas, realizándose en este caso la prueba a continuación del acto de presentación.
7.2. La prueba será pública, pudiendo realizarse de forma presencial, telemática o
híbrida con los medios tecnológicos que la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
tenga. En cualquiera de los tres formatos, las personas aspirantes y evaluadoras
deberán identificarse mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad
o Pasaporte. Al menos una de las personas evaluadoras de la Comisión de Selección
deberá estar presencialmente en el espacio físico donde se desarrolle la prueba. En
el caso de las personas concursantes, será preciso que todas intervengan de forma
presencial.
7.3. La prueba consistirá en la exposición oral por la persona concursante, en un
tiempo máximo de sesenta minutos, de los méritos alegados en su Currículo y en la
defensa de su proyecto docente e investigador, en un tiempo máximo de sesenta minutos.
Seguidamente, la Comisión de Selección debatirá con la persona concursante sobre
todos aquellos aspectos que estime relevantes, en relación con lo aportado o expuesto.
7.4. Finalizada la prueba, la Comisión de Selección deliberará con la intervención
exclusiva de las personas que la integran, sin que puedan estar presentes otras personas
distintas a las evaluadoras de la Comisión de Selección. Cada uno de sus miembros
emitirá un voto, con informe razonado sobre la puntuación obtenida por cada una de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión de
Selección en el día de su constitución. En caso de unanimidad, dichos informes podrán
sustituirse por un informe único y razonado de la Comisión de Selección.
7.5. Asimismo, la Comisión de Selección por unanimidad podrá recabar informes de
especialistas sobre aspectos relacionados con la aplicación de los criterios de evaluación,
que no tendrán carácter vinculante. Los informes mencionados no serán tenidos en
cuenta si existe conflicto de intereses en los términos regulados en el artículo 19 del
Reglamento Regulador de los Concursos a Cuerpos Docentes Universitarios de personal
funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
7.6. Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en el Tablón Electrónico Oficial de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
8. Propuesta de la Comisión de Selección.
8.1. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de acceso propondrán
al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, la relación de todas las personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310565
6.2. La documentación anterior permanecerá depositada en el Área de Recursos
Humanos PDI y Programación Docente durante un plazo de dos meses desde la fecha
de la propuesta de la Comisión de Selección, salvo que se interponga algún recurso, en
cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis
meses adicionales sin que la persona interesada hubiera retirado dicha documentación,
la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, podrá disponer su destrucción.
6.3. En el acto de presentación, la Comisión de Selección dará instrucciones sobre
la celebración de la prueba a las personas concursantes, lo que incluirá la fecha y hora
de comienzo de ésta, determinándose mediante sorteo el orden de intervención de las
personas concursantes.
6.4. En el mismo acto de presentación, la Presidencia de la Comisión de Selección
hará público el plazo fijado para que cualquier persona concursante pueda examinar la
documentación presentada por las restantes personas concursantes con anterioridad al
inicio de la prueba.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53618/5
7. Desarrollo de la prueba.
7.1. La prueba se realizará dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde el día
del acto de presentación, sin que pueda celebrarse antes de transcurridas 24 horas desde
dicho acto. No obstante, las personas concursantes podrán renunciar a este plazo de 24
horas, realizándose en este caso la prueba a continuación del acto de presentación.
7.2. La prueba será pública, pudiendo realizarse de forma presencial, telemática o
híbrida con los medios tecnológicos que la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
tenga. En cualquiera de los tres formatos, las personas aspirantes y evaluadoras
deberán identificarse mediante la presentación de su Documento Nacional de Identidad
o Pasaporte. Al menos una de las personas evaluadoras de la Comisión de Selección
deberá estar presencialmente en el espacio físico donde se desarrolle la prueba. En
el caso de las personas concursantes, será preciso que todas intervengan de forma
presencial.
7.3. La prueba consistirá en la exposición oral por la persona concursante, en un
tiempo máximo de sesenta minutos, de los méritos alegados en su Currículo y en la
defensa de su proyecto docente e investigador, en un tiempo máximo de sesenta minutos.
Seguidamente, la Comisión de Selección debatirá con la persona concursante sobre
todos aquellos aspectos que estime relevantes, en relación con lo aportado o expuesto.
7.4. Finalizada la prueba, la Comisión de Selección deliberará con la intervención
exclusiva de las personas que la integran, sin que puedan estar presentes otras personas
distintas a las evaluadoras de la Comisión de Selección. Cada uno de sus miembros
emitirá un voto, con informe razonado sobre la puntuación obtenida por cada una de
las personas concursantes, ajustándose a los criterios aprobados por la Comisión de
Selección en el día de su constitución. En caso de unanimidad, dichos informes podrán
sustituirse por un informe único y razonado de la Comisión de Selección.
7.5. Asimismo, la Comisión de Selección por unanimidad podrá recabar informes de
especialistas sobre aspectos relacionados con la aplicación de los criterios de evaluación,
que no tendrán carácter vinculante. Los informes mencionados no serán tenidos en
cuenta si existe conflicto de intereses en los términos regulados en el artículo 19 del
Reglamento Regulador de los Concursos a Cuerpos Docentes Universitarios de personal
funcionario de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
7.6. Los resultados de evaluación de cada persona candidata, desglosada por cada
uno de los aspectos evaluados, serán publicados en el Tablón Electrónico Oficial de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
8. Propuesta de la Comisión de Selección.
8.1. Las Comisiones de Selección que juzguen los concursos de acceso propondrán
al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, la relación de todas las personas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310565
6.2. La documentación anterior permanecerá depositada en el Área de Recursos
Humanos PDI y Programación Docente durante un plazo de dos meses desde la fecha
de la propuesta de la Comisión de Selección, salvo que se interponga algún recurso, en
cuyo caso el depósito continuará hasta que haya resolución firme. Transcurridos seis
meses adicionales sin que la persona interesada hubiera retirado dicha documentación,
la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, podrá disponer su destrucción.
6.3. En el acto de presentación, la Comisión de Selección dará instrucciones sobre
la celebración de la prueba a las personas concursantes, lo que incluirá la fecha y hora
de comienzo de ésta, determinándose mediante sorteo el orden de intervención de las
personas concursantes.
6.4. En el mismo acto de presentación, la Presidencia de la Comisión de Selección
hará público el plazo fijado para que cualquier persona concursante pueda examinar la
documentación presentada por las restantes personas concursantes con anterioridad al
inicio de la prueba.