5. Anuncios. . (2024/218-46)
Anuncio de 28 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Minas de Riotinto, por el que se aprueban las bases y la convocatoria para cubrir tres plazas con la categoría de Policía Local, mediante sistema de oposición libre. (PP. 9893/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53211/7
11.3. La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo
podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y
apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso
que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior
escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
11.4. La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere
injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en
la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras
convocatorias.
11.5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido
por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que, de no superar, producirá la pérdida de
los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de
selección en futuras convocatorias.
12. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
12.1. Finalizado el curso selectivo de ingreso, el Instituto de Emergencias y Seguridad
Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela
Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para
su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes
que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media entre las
calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo, fijando el
orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la
Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas.
12.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes
aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios en prácticas
serán nombrados funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo
de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo
previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos
o funciones públicas.
12.3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación
global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.
00310160
13. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de
Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso
contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso
de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen
procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 218 - Viernes, 8 de noviembre de 2024
página 53211/7
11.3. La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo
podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y
apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso
que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior
escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.
11.4. La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere
injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en
la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras
convocatorias.
11.5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido
por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que, de no superar, producirá la pérdida de
los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de
selección en futuras convocatorias.
12. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
12.1. Finalizado el curso selectivo de ingreso, el Instituto de Emergencias y Seguridad
Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela
Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para
su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes
que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media entre las
calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo, fijando el
orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la
Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas.
12.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes
aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios en prácticas
serán nombrados funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo
de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo
previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real
Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos
o funciones públicas.
12.3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación
global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.
00310160
13. Recursos.
Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante
el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de
Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso
contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día
siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 46 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso
de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen
procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja