3. Otras disposiciones. . (2024/217-49)
Resolución de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Jueves, 7 de noviembre de 2024
página 53516/2
Artículo 3. Representatividad.
1. La FADDF ostenta la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en
las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional,
celebradas dentro y fuera del territorio español.
2. Asimismo, la FADDF representa en el territorio andaluz a la Federación Española
de Deportes de Personas con Discapacidad Física en la que se integra.
Artículo 4. Domicilio social.
La FADDF está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas con el número
99039. Tiene su domicilio social en la ciudad de Córdoba, C/ Libertador José Gervasio
de Artigas, s/n (Edif. Centrosur Guadalquivir), 14013 de Córdoba, y tiene Apartado de
Correos 2012, 14007 de Córdoba. El cambio de domicilio social necesitará del acuerdo
de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea General, salvo que se efectúe
dentro del mismo término municipal, en cuyo caso podrá efectuarse por mayoría simple.
El cambio de domicilio deberá comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Artículo 5. Régimen jurídico.
La FADDF se rige por la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, por
el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de
Andalucía, por el Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución
de los litigios deportivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa
deportiva autonómica y estatal de aplicación, así como por los presentes estatutos y los
reglamentos federativos.
Artículo 7. Funciones públicas delegadas.
1. Además de sus funciones propias, la FADDF ejerce por delegación, bajo los
criterios y tutela de la Consejería competente en materia de deporte, las siguientes
funciones públicas de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales federadas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales federadas.
c) Coordinar y controlar la correcta aplicación de las ayudas de carácter público que
se asignen a los federados, en las condiciones que establezca la Consejería competente
en materia de deporte y de conformidad con la normativa aplicable en materia de
subvenciones y ayudas públicas.
d) Colaborar con la Administración autonómica en las formaciones deportivas
conducente a titulación y en la formación de técnicos deportivos de las enseñanzas
deportivas de régimen especial.
e) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva en los términos establecidos por Ley
5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía y sus disposiciones de desarrollo, de
acuerdo con sus respectivos estatutos y reglamentos federativos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310463
Artículo 6. Funciones propias y competencias.
1. Son funciones propias de la FADDF las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte para discapacitados físicos en todo el
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Son competencias de la FADDF:
a) Promocionar la práctica del deporte adaptado para personas con Discapacidad
Física.
b) Difundir su enseñanza.
c) Organizar competiciones no oficiales federadas.
d) Conceder ayudas con cargo a sus presupuestos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Jueves, 7 de noviembre de 2024
página 53516/2
Artículo 3. Representatividad.
1. La FADDF ostenta la representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía en
las actividades y competiciones deportivas oficiales de carácter estatal e internacional,
celebradas dentro y fuera del territorio español.
2. Asimismo, la FADDF representa en el territorio andaluz a la Federación Española
de Deportes de Personas con Discapacidad Física en la que se integra.
Artículo 4. Domicilio social.
La FADDF está inscrita en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas con el número
99039. Tiene su domicilio social en la ciudad de Córdoba, C/ Libertador José Gervasio
de Artigas, s/n (Edif. Centrosur Guadalquivir), 14013 de Córdoba, y tiene Apartado de
Correos 2012, 14007 de Córdoba. El cambio de domicilio social necesitará del acuerdo
de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea General, salvo que se efectúe
dentro del mismo término municipal, en cuyo caso podrá efectuarse por mayoría simple.
El cambio de domicilio deberá comunicarse al Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Artículo 5. Régimen jurídico.
La FADDF se rige por la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, por
el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de
Andalucía, por el Decreto 205/2018, de 13 de noviembre, por el que se regula la solución
de los litigios deportivos en la Comunidad Autónoma de Andalucía y demás normativa
deportiva autonómica y estatal de aplicación, así como por los presentes estatutos y los
reglamentos federativos.
Artículo 7. Funciones públicas delegadas.
1. Además de sus funciones propias, la FADDF ejerce por delegación, bajo los
criterios y tutela de la Consejería competente en materia de deporte, las siguientes
funciones públicas de carácter administrativo:
a) Calificar y organizar, en su caso, las actividades y competiciones oficiales federadas
en el ámbito de la Comunidad Autónoma.
b) Expedir licencias deportivas para participar en competiciones oficiales federadas.
c) Coordinar y controlar la correcta aplicación de las ayudas de carácter público que
se asignen a los federados, en las condiciones que establezca la Consejería competente
en materia de deporte y de conformidad con la normativa aplicable en materia de
subvenciones y ayudas públicas.
d) Colaborar con la Administración autonómica en las formaciones deportivas
conducente a titulación y en la formación de técnicos deportivos de las enseñanzas
deportivas de régimen especial.
e) Ejercer la potestad disciplinaria deportiva en los términos establecidos por Ley
5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía y sus disposiciones de desarrollo, de
acuerdo con sus respectivos estatutos y reglamentos federativos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310463
Artículo 6. Funciones propias y competencias.
1. Son funciones propias de la FADDF las de gobierno, administración, gestión,
organización, desarrollo y promoción del deporte para discapacitados físicos en todo el
territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Son competencias de la FADDF:
a) Promocionar la práctica del deporte adaptado para personas con Discapacidad
Física.
b) Difundir su enseñanza.
c) Organizar competiciones no oficiales federadas.
d) Conceder ayudas con cargo a sus presupuestos.