3. Otras disposiciones. . (2024/215-19)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería, por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo del proyecto asociado a las obras que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 215 - Martes, 5 de noviembre de 2024

página 53364/2

Segundo. Asimismo, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 29 de la Ley 9/2010,
de 30 de julio, de Aguas de Andalucía:
«La aprobación por la consejería competente en materia de agua de los proyectos
de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma supondrá,
implícitamente, la declaración de utilidad pública e interés social de las obras, así como
la necesidad de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, a efectos de
expropiación forzosa, ocupación temporal e imposición o modificación de servidumbres,
y se extenderán a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo definitivo de las
obras y en las modificaciones de proyectos y obras complementarias o accesorias no
segregables de la principal.»
Se considera, por tanto, de aplicación el procedimiento expropiatorio de urgente
ocupación que regula el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de
diciembre de 1954 (en adelante LEF) y los artículos 56 y siguientes del Decreto de 26 de
abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa
(en adelante REF).
Tercero. De conformidad con el artículo único de la Orden de 14 de octubre de 2024
(BOJA núm. 203, de 17 de octubre de 2024), por la que se modifica la Orden de 21
de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos
directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, corresponde a
las personas titulares de los órganos directivos periféricos de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural:
c) En materia de expropiación forzosa, acordar la necesidad de ocupar los bienes y
adquirir los derechos indispensables para el fin de la expropiación, así como la tramitación
y resolución de los procedimientos en todas sus fases, sin perjuicio de la coordinación de
los mismos por los órganos directivos centrales en sus respectivos ámbitos sectoriales.
Cuarto. La presente resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a
la urgente ocupación será expuesta en el tablón de edictos del Ayuntamiento de HuércalOvera (Almería), se publicará en el BOJA, así como en el BOP de Almería. Así mismo, la
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Almería tramitará
el anuncio de la presente resolución en uno de los diarios de mayor difusión.

Sexto. Al acto convocado deberán asistir los interesados, por sí o bien por medio
de representante, circunstancia que podrá acreditarse mediante cualquier medio válido
en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, incluido poder notarial,
exhibiendo los documentos acreditativos tanto de su personalidad (DNI/NIF) como
la documentación acreditativa de su titularidad (aportando nota simple informativa o
certificado del Registro de la Propiedad de dominio y cargas, escritura pública, recibo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00310312

Quinto. La Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
en Almería, dará traslado del emplazamiento a cada uno de los interesados mediante
citación individual, de acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 52 de la LEF.
Conforme establece el apartado 2 del artículo 56 del REF, los interesados que
figuran en la relación y todas aquellas personas cuyos derechos o intereses consideren
afectados, hasta el momento en que se proceda al levantamiento de las citadas actas
previas a la ocupación, podrán formular alegaciones por escrito ante la Delegación
Territorial de Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en
Almería, domiciliada en la calle Hermanos Machado, núm. 4, de Almería, a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan producido al relacionar los bienes
afectados por la urgente ocupación. Durante el período señalado estarán a disposición
de los interesados los planos parcelarios de la expropiación y la relación de los bienes y
derechos afectados en las dependencias citadas.