3. Otras disposiciones. . (2024/214-47)
Resolución de 28 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social de concesión de los Premios Andalucía ES en su III edición.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53262/2
Tercero. La concesión de los premios no requerirá otra justificación que el previo
cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras. En este sentido,
todas las candidaturas cumplen los requisitos para ser premiadas.
A tal fin, considerando el fallo del Jurado, y realizada la completa instrucción del
procedimiento de concesión de los premios, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Conceder los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios
Andalucía ES» en sus distintas modalidades a las siguientes personas y/o entidades, en
una cantidad de 4.800 euros y una placa de reconocimiento con leyenda.
Modalidad A). Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial.
Covirán, S. Coop. And.
Modalidad B). Premio al mejor proyecto de nueva creación.
Naturales del Sierro, S. Coop. And.
Modalidad C). Premio al mejor proyecto de economía circular.
DCOOP, S. Coop. And.
Modalidad D). Premio al mejor proyecto de difusión.
Carmen Guzmán Alfonso
Modalidad E). Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres.
Bold Womban, S. Coop. And.
Segundo. El resto de las candidaturas evaluadas se desestiman.
Tercero. La concesión de los premios se realizará con cargo a los créditos del
ejercicio 2024, a la partida presupuestaria 1200018069 G/72C/ 47103.
Cuarto. El pago de la premio se efectuará en firme y con un único libramiento, una
vez dictada la correspondiente resolución de concesión.
Quinto. La presente resolución es objeto de publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía (BOJA), así como en la sede electrónica de la Consejería competente
en materia de economía social, ésto último con efectos exclusivamente informativos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un
mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de los Contencioso-Administrativo competente conforme a lo establecido en los
artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00310211
Sevilla, 28 de octubre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 12.6.2021, BOJA núm. 115, de 17.6), la Directora General, Carmen María
Durán Barrantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024
página 53262/2
Tercero. La concesión de los premios no requerirá otra justificación que el previo
cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras. En este sentido,
todas las candidaturas cumplen los requisitos para ser premiadas.
A tal fin, considerando el fallo del Jurado, y realizada la completa instrucción del
procedimiento de concesión de los premios, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Conceder los Premios Andalucía para la Economía Social «Premios
Andalucía ES» en sus distintas modalidades a las siguientes personas y/o entidades, en
una cantidad de 4.800 euros y una placa de reconocimiento con leyenda.
Modalidad A). Premio al mejor proyecto innovador y/o de esfuerzo empresarial.
Covirán, S. Coop. And.
Modalidad B). Premio al mejor proyecto de nueva creación.
Naturales del Sierro, S. Coop. And.
Modalidad C). Premio al mejor proyecto de economía circular.
DCOOP, S. Coop. And.
Modalidad D). Premio al mejor proyecto de difusión.
Carmen Guzmán Alfonso
Modalidad E). Premio al mejor proyecto realizado por y para mujeres.
Bold Womban, S. Coop. And.
Segundo. El resto de las candidaturas evaluadas se desestiman.
Tercero. La concesión de los premios se realizará con cargo a los créditos del
ejercicio 2024, a la partida presupuestaria 1200018069 G/72C/ 47103.
Cuarto. El pago de la premio se efectuará en firme y con un único libramiento, una
vez dictada la correspondiente resolución de concesión.
Quinto. La presente resolución es objeto de publicación en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía (BOJA), así como en la sede electrónica de la Consejería competente
en materia de economía social, ésto último con efectos exclusivamente informativos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un
mes conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de los Contencioso-Administrativo competente conforme a lo establecido en los
artículos 14, 25 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00310211
Sevilla, 28 de octubre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 12.6.2021, BOJA núm. 115, de 17.6), la Directora General, Carmen María
Durán Barrantes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja