3. Otras disposiciones. . (2024/214-36)
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el Ayuntamiento de Ogíjares (Granada). (PP. 9879/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 214 - Lunes, 4 de noviembre de 2024

página 53048/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas
por el Ayuntamiento de Ogíjares (Granada). (PP. 9879/2024).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto por el Servicio de Relaciones
con las Corporaciones Locales, en fecha 18 de octubre de 2024, y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos
Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable aprobadas por el
Ayuntamiento de Ogíjares (Granada), que a continuación se relacionan, ordenando su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
(IVA EXCLUIDO)
Cuota fija.
En concepto de cuota por disponibilidad del servicio, y como cantidad fija abonable
periódicamente a todo suministro en vigor, se le girarán los importes bimestrales que,
según el calibre del contador se indican:
Cuota fija por disponibilidad del servicio
Uso doméstico y benéfico
Contadores de <= 25 mm
Contadores de > 25 mm a 50mm
Contadores de > 50 mm

2,2867 euros/mes
6,6093 euros/mes
12,9151 euros/mes

Uso industrial, obras, comercial y oficial
12,3752 euros/mes
17,8093 euros/mes
38,5396 euros/mes

Cuota variable.
La prestación patrimonial pública de carácter no tributario a aplicar para cada tipo de
uso que se indica, son las siguientes:
A. Uso doméstico.
Se aplicará esta tarifa exclusivamente a las edificaciones destinadas a viviendas o
anejos a las viviendas siempre que en ellas no se realice actividad industrial, comercial o
profesional de ningún tipo. Quedan fuera de esta tarifa los locales destinados a cocheras
aun cuando sean de uso particular y para un sólo vehículo, cuando aquellos sean
independientes de la vivienda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309997

Contadores de <= 25 mm
Contadores de > 25 mm a 50 mm
Contadores de > 50 mm