Autoridades y personal. . (2024/213-24)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, de Maestros y de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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Secretaría General Técnica
BoletínEDUCATIVO
OficialY FORMACIÓN
de la Junta
de Andalucía
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO
PROFESIONAL
Hoja 25 de 169
BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
página 53260/23
ANEXO II
BAREMO DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS POR MEDIO DE CONCURSO DE TRASLADOS DE
ÁMBITO ESTATAL EN LOS CUERPOS DE PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE QUE IMPARTEN DOCENCIA.
MÉRITOS
VALORACIÓN
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
1. Antigüedad (Ver disposición complementaria
primera)
1.1. Antigüedad en el centro
1.1.1. Por cada año de permanencia
ininterrumpida como personal funcionario de
carrera con destino definitivo en el centro desde
el que participa.
A los efectos de este subapartado únicamente
serán computables los servicios prestados como
personal funcionario de carrera en el cuerpo o
cuerpos al que corresponda la vacante.
Por el primero y segundo años: .………………
La fracción de año se computará a razón de
0,3333 puntos por cada mes completo.
4,0000 puntos por
año
Por el tercer año: ……………………………...
La fracción de año se computará a razón de
0,5000 puntos por cada mes completo.
6,0000 puntos por
año
Por el cuarto y siguientes: …...……………….
La fracción de año se computará a razón de
0,6666 puntos por cada mes completo.
8,0000 puntos por
año
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente
o título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesión y ceses que haya tenido
desde su nombramiento como
funcionaria o funcionario de carrera o,
en su caso, de los correspondientes
documentos de inscripción en los
Registros de Personal.
00310209
Para la valoración del subapartado 1.1.1 se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:
• Se considera como centro desde el que se participa aquel a cuya plantilla pertenezca el aspirante con
destino definitivo, o en el que se esté adscrito, siempre que esta situación implique pérdida de su destino
docente, siendo únicamente computables por este subapartado los servicios prestados como personal
funcionario de carrera en el cuerpo al que corresponda la vacante.
• En los supuestos del personal funcionario docente en adscripción temporal en centros públicos españoles
en el extranjero, o en supuestos análogos, la puntuación de este subapartado vendrá dada por el tiempo
de permanencia ininterrumpida en dicha adscripción. Este mismo criterio se seguirá con quienes fueron
nombrados para puestos u otros servicios de investigación y apoyo a la docencia de la Administración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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PROFESIONAL
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BOJA
Número 213 - Jueves, 31 de octubre de 2024
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
página 53260/23
ANEXO II
BAREMO DE PRIORIDADES EN LA ADJUDICACIÓN DE DESTINOS POR MEDIO DE CONCURSO DE TRASLADOS DE
ÁMBITO ESTATAL EN LOS CUERPOS DE PERSONAL FUNCIONARIO DOCENTE QUE IMPARTEN DOCENCIA.
MÉRITOS
VALORACIÓN
DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS
1. Antigüedad (Ver disposición complementaria
primera)
1.1. Antigüedad en el centro
1.1.1. Por cada año de permanencia
ininterrumpida como personal funcionario de
carrera con destino definitivo en el centro desde
el que participa.
A los efectos de este subapartado únicamente
serán computables los servicios prestados como
personal funcionario de carrera en el cuerpo o
cuerpos al que corresponda la vacante.
Por el primero y segundo años: .………………
La fracción de año se computará a razón de
0,3333 puntos por cada mes completo.
4,0000 puntos por
año
Por el tercer año: ……………………………...
La fracción de año se computará a razón de
0,5000 puntos por cada mes completo.
6,0000 puntos por
año
Por el cuarto y siguientes: …...……………….
La fracción de año se computará a razón de
0,6666 puntos por cada mes completo.
8,0000 puntos por
año
Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente
o título administrativo o credencial con
diligencias de las distintas tomas de
posesión y ceses que haya tenido
desde su nombramiento como
funcionaria o funcionario de carrera o,
en su caso, de los correspondientes
documentos de inscripción en los
Registros de Personal.
00310209
Para la valoración del subapartado 1.1.1 se tendrán en cuenta las siguientes situaciones:
• Se considera como centro desde el que se participa aquel a cuya plantilla pertenezca el aspirante con
destino definitivo, o en el que se esté adscrito, siempre que esta situación implique pérdida de su destino
docente, siendo únicamente computables por este subapartado los servicios prestados como personal
funcionario de carrera en el cuerpo al que corresponda la vacante.
• En los supuestos del personal funcionario docente en adscripción temporal en centros públicos españoles
en el extranjero, o en supuestos análogos, la puntuación de este subapartado vendrá dada por el tiempo
de permanencia ininterrumpida en dicha adscripción. Este mismo criterio se seguirá con quienes fueron
nombrados para puestos u otros servicios de investigación y apoyo a la docencia de la Administración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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