Autoridades y personal. . (2024/212-20)
Resolución de 24 de octubre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se establece la convocatoria de contratos predoctorales para la formación de doctores, contemplada en el Subprograma Estatal de Formación del Programa Estatal para desarrollar, atraer y retener talento, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Miércoles, 30 de octubre de 2024

página 53096/4

Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La resolución que
se dicte a este respecto se notificará a la persona interesada mediante el sistema previsto
en el párrafo anterior.
CAPÍTULO II

Artículo 5. Características de las ayudas.
5.1. Las actuaciones dirigidas a la formación de personal investigador predoctoral
contempladas en esta convocatoria estarán vinculadas de manera unívoca a un proyecto
de investigación financiado.
Las actuaciones tendrán una duración máxima de cuatro años, y el periodo de
ejecución se iniciará en la fecha de incorporación del personal investigador contratado
a su puesto de trabajo en el centro de I+D contratante, sin perjuicio de lo dispuesto en
materia de interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución de la actuación recogidos en
el artículo 21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
En el marco de las actuaciones y dentro de la duración máxima indicada en el párrafo
anterior, se financiará un periodo de orientación postdoctoral una vez obtenido el título de
doctor/a, siempre que la obtención del título se produzca durante el periodo de ejecución
de la actuación, con una duración máxima de doce meses, destinado al perfeccionamiento
y especialización profesional de este personal investigador, sin perjuicio de lo dispuesto en
materia de interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución de la actuación recogidos en
el artículo 21.c) de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
5.2. Las cuantías de las ayudas predoctorales serán las siguientes:
a) En relación con la ayuda para la financiación del contrato, la ayuda anual será de
24.600 euros para la primera anualidad, 30.200 euros para la segunda, tercera y cuarta.
Estas ayudas se cofinanciarán con cargo al FSE+.
b) En relación con la ayuda para cubrir el coste de la indemnización a la finalización
del contrato, el importe total de la ayuda será de 3.000 euros. La ayuda se distribuirá de la
siguiente forma: 630 euros para la primera anualidad, y 790 euros para la segunda, tercera
y cuarta.
c) En relación con la ayuda para cubrir gastos derivados de la realización de estancias
en centros de I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado, el importe total de la
ayuda será de 7.000 euros.
5.3. La ayuda para cubrir gastos derivados de la realización de estancias en centros de
I+D y de la matrícula en las enseñanzas de doctorado se podrá destinar a:
a) La financiación de estancias que realicen las personas investigadoras contratadas
a lo largo del periodo de ejecución de la ayuda, tanto en la etapa predoctoral como en la
fase POP, en centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que puedan
realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación e impulsar el desarrollo de su
tesis, así como completar y afianzar la formación investigadora adquirida. Las estancias
deberán asegurar un grado de movilidad y/o internacionalización a la que no se hubiera
accedido por formación académica anterior o por otros factores tales como residencia
o nacionalidad, y en ningún caso ocasionar un retraso en la finalización de los estudios
de doctorado. En la fase POP estas estancias podrán utilizarse para complementar la
formación predoctoral y orientar las futuras líneas de trabajo de la etapa posdoctoral.
Las estancias se podrán realizar en otros centros de I+D, públicos o privados, españoles
o extranjeros, siempre que estos estén ubicados en una localidad distinta a la del centro
en que el beneficiario desarrolla su actividad. Las estancias deberán tener una duración
mínima de un mes de forma ininterrumpida, contada a partir de la fecha de incorporación
al centro receptor y dentro del periodo de ejecución de la ayuda. La elección del centro
de I+D para la estancia, las actividades a desarrollar en la misma y la autorización para la
ejecución de la estancia serán responsabilidad de la Universidad de Jaén.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Características de las actuaciones y régimen económico