5. Anuncios. . (2024/210-89)
Anuncio de 16 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Antas, relativo a convocatoria y bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Gestión de Administración General, mediante el sistema de Oposición, turno libre. (PP. 9807/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52570/7
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función
pública.
d) Declaración jurada de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier
Administración Pública, referido al día de la toma de posesión, ateniéndose a lo dispuesto
en el art. 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de
compatibilidad.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que
impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente
aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo
presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su
hoja de servicios.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la
documentación referida, o del examen de la misma se dedujera que el aspirante propuesto
carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta, no podrá efectuarse su
nombramiento como funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en
su solicitud. En este caso, así como en los casos de renuncia por parte del aspirante
propuesto, el Tribunal propondrá, para su nombramiento como funcionario de carrera, al
siguiente aspirante aprobado con mayor puntuación; y así sucesivamente, de ser el caso.
Presentada la documentación y comprobada la adecuación de la misma, por el Sr.
Alcalde-Presidente se dictara resolución acordando el nombramiento como funcionario
de carrera, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
El interesado nombrado funcionario de carrera deberá tomar posesión en el
plazo máximo de un mes a contar del siguiente al de la notificación del acuerdo de
nombramiento. En caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada,
perderán todos sus derechos a la plaza.
12. Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
14. Recursos.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía
administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo
de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, a partir del día siguiente al de la
publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo).
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la legislación vigente en
esta materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309519
13. Uso genérico del masculino.
Siguiendo la línea marcada por la Real Academia Española, todas las referencias
para las que en estas bases se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse
aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52570/7
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función
pública.
d) Declaración jurada de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier
Administración Pública, referido al día de la toma de posesión, ateniéndose a lo dispuesto
en el art. 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de
compatibilidad.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad o defecto físico que
impida el desempeño de las correspondientes funciones.
Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente
aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo
presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su
hoja de servicios.
Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, no se presentase la
documentación referida, o del examen de la misma se dedujera que el aspirante propuesto
carece de alguno de los requisitos señalados en la base cuarta, no podrá efectuarse su
nombramiento como funcionario de carrera, quedando anuladas todas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en
su solicitud. En este caso, así como en los casos de renuncia por parte del aspirante
propuesto, el Tribunal propondrá, para su nombramiento como funcionario de carrera, al
siguiente aspirante aprobado con mayor puntuación; y así sucesivamente, de ser el caso.
Presentada la documentación y comprobada la adecuación de la misma, por el Sr.
Alcalde-Presidente se dictara resolución acordando el nombramiento como funcionario
de carrera, procediendo a su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.
El interesado nombrado funcionario de carrera deberá tomar posesión en el
plazo máximo de un mes a contar del siguiente al de la notificación del acuerdo de
nombramiento. En caso de no tomar posesión en el plazo indicado, sin causa justificada,
perderán todos sus derechos a la plaza.
12. Incompatibilidades.
El aspirante propuesto quedará sujeto, en su caso, al cumplimiento de las
prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas, y demás normativa aplicable.
14. Recursos.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía
administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo
de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses
ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería o, a su elección, el que
corresponda a su domicilio, si éste radica en Andalucía, a partir del día siguiente al de la
publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería (artículo 46 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo).
Para lo no previsto en las presentes bases será de aplicación la legislación vigente en
esta materia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309519
13. Uso genérico del masculino.
Siguiendo la línea marcada por la Real Academia Española, todas las referencias
para las que en estas bases se utiliza la forma de masculino genérico deben entenderse
aplicables, indistintamente, a mujeres y hombres.