5. Anuncios. . (2024/210-89)
Anuncio de 16 de octubre de 2024, del Ayuntamiento de Antas, relativo a convocatoria y bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Gestión de Administración General, mediante el sistema de Oposición, turno libre. (PP. 9807/2024).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52570/6
9. Calificación del procesos y sus pruebas.
La puntuación de la oposición, para aquellos aspirantes que hayan superado los tres
ejercicios, estará constituida por la media aritmética de la suma de las tres puntuaciones
obtenidas en cada uno de los tres ejercicios, estableciendose el orden de los aspirantes
de mayor a menor puntuación.
En caso de empate en la calificación final, el desempate de los aspirantes se dirimirá
mediante la aplicación de los siguientes criterios, y por el orden de prelación que se
especifica:
1.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º De persistir el empate, mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º De persistir el empate, mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
4.º Si aún así persistiera el empate, se resolverá por sorteo público.
11. Presentación de documentos.
En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que
se publique la relación de aprobados en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Antas, el aspirante propuesto para su nombramiento como funcionario
de carrera deberá presentar los siguientes documentos, acreditativos de los requisitos y
condiciones de capacidad exigidos en la base cuarta:
a) Fotocopia del DNI. En el caso de cónjuges o descendientes del cónjuge de
españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar
fotocopia, junto con el original compulsado, de los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesas el español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de no estar separado de derecho de su cónjuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante está a su cargo.
b) Fotocopia del título académico exigido, pudiendo presentar fotocopia para su
compulsa con el original y del documento acreditativo de la homologación oficial del
mismo, y en su caso, traducción jurada.
c) Declaración jurada de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del
Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio
de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado
lo justifica. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar, igualmente, no hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309519
10. Relación de aprobados.
Determinada la calificación final del proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará
pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Antas y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación
para realizar el nombramiento, como funcionario de carrera, en favor del candidato que
haya obtenido la mayor puntuación.
El Tribunal Calificador no podrá proponer el nombramiento como funcionario de
carrera a un número superior de aprobados al de las plazas convocadas.
La motivación de los actos del Tribunal, dictados en virtud de discrecionalidad técnica
en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Contra la propuesta del Tribunal Calificador, los interesados podrán interponer
recurso de alzada ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo
121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha
de publicación de este anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimen pertinente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 210 - Lunes, 28 de octubre de 2024
página 52570/6
9. Calificación del procesos y sus pruebas.
La puntuación de la oposición, para aquellos aspirantes que hayan superado los tres
ejercicios, estará constituida por la media aritmética de la suma de las tres puntuaciones
obtenidas en cada uno de los tres ejercicios, estableciendose el orden de los aspirantes
de mayor a menor puntuación.
En caso de empate en la calificación final, el desempate de los aspirantes se dirimirá
mediante la aplicación de los siguientes criterios, y por el orden de prelación que se
especifica:
1.º Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
2.º De persistir el empate, mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3.º De persistir el empate, mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
4.º Si aún así persistiera el empate, se resolverá por sorteo público.
11. Presentación de documentos.
En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente a aquél en que
se publique la relación de aprobados en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento de Antas, el aspirante propuesto para su nombramiento como funcionario
de carrera deberá presentar los siguientes documentos, acreditativos de los requisitos y
condiciones de capacidad exigidos en la base cuarta:
a) Fotocopia del DNI. En el caso de cónjuges o descendientes del cónjuge de
españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán presentar
fotocopia, junto con el original compulsado, de los documentos expedidos por las
autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración
jurada o promesas el español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este
vínculo, de no estar separado de derecho de su cónjuge y, en su caso, del hecho de que
el aspirante está a su cargo.
b) Fotocopia del título académico exigido, pudiendo presentar fotocopia para su
compulsa con el original y del documento acreditativo de la homologación oficial del
mismo, y en su caso, traducción jurada.
c) Declaración jurada de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del
Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio
de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado
lo justifica. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar, igualmente, no hallarse
inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309519
10. Relación de aprobados.
Determinada la calificación final del proceso selectivo, el Tribunal Calificador hará
pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la sede electrónica del
Ayuntamiento de Antas y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación
para realizar el nombramiento, como funcionario de carrera, en favor del candidato que
haya obtenido la mayor puntuación.
El Tribunal Calificador no podrá proponer el nombramiento como funcionario de
carrera a un número superior de aprobados al de las plazas convocadas.
La motivación de los actos del Tribunal, dictados en virtud de discrecionalidad técnica
en el desarrollo de su cometido de valoración, estará referida al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
Contra la propuesta del Tribunal Calificador, los interesados podrán interponer
recurso de alzada ante la Alcaldía, de conformidad con lo establecido en el artículo
121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha
de publicación de este anuncio en el tablón de anuncios de la sede electrónica del
Ayuntamiento. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimen pertinente.