Autoridades y personal. . (2024/209-40)
Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura del puesto de cargo intermedio de Coordinador/a de Dispositivo Asistencial de la UGC de Salud Mental Comunitaria Guadalquivir en el Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52841/8
7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el artículo
45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días naturales
a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar alegaciones.
7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará
resolución definitiva del concurso y se procederá al nombramiento de la persona
concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará
en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará
publicidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios
electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa
del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los
documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso, la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave
de acceso).
8. Funciones a desarrollar.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona
designada realizará, además, las funciones asistenciales propias de su categoría, las
funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de los equipos de trabajo
de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones necesarias conducentes
a la consecución de las metas, objetivos y resultados establecidos por la Consejería
competente en materia de salud, asignados al Servicio Andaluz de Salud a través del
contrato programa previsto en las leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma, o por
los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.
Asimismo, de conformidad con el art. 17.2 del Decreto 77/2008, además de las funciones
asistenciales propias de su categoría profesional, la persona titular de la Coordinación del
Dispositivo Asistencial de Salud Mental tendrá asignadas las funciones que se detallan en
el Anexo II de la convocatoria.
ANEXO I
1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos).
1.1. Experiencia profesional.
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Dirección de Unidades de Gestión Clínica
(UGC), Coordinación de Área de Salud Mental, Coordinador de Unidad de Salud Mental,
Coordinador de Dispositivo de Salud Mental, Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección,
Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería, mediante
concurso público, se valorará de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año
hasta un máximo de 10 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309789
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES
BOJA
Número 209 - Viernes, 25 de octubre de 2024
página 52841/8
7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el artículo
45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días naturales
a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar alegaciones.
7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas las
alegaciones, la persona titular de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario dictará
resolución definitiva del concurso y se procederá al nombramiento de la persona
concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha resolución definitiva se publicará
en la página web del SAS (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará
publicidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme a lo
establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El recurso de alzada en vía administrativa deberá presentarse a través de medios
electrónicos, debiendo formularse través de la VEC, cumplimentando el formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de recursos en vía administrativa
del proceso selectivo. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los
documentos adjuntados.
Para realizar dicho recurso, la persona interesada deberá acreditarse a través de
la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos
(certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedida
por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave
de acceso).
8. Funciones a desarrollar.
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 132/2021, de 6 de abril, la persona
designada realizará, además, las funciones asistenciales propias de su categoría, las
funciones de planificación, ejecución y control de la actuación de los equipos de trabajo
de carácter multiprofesional, para que desarrollen las actuaciones necesarias conducentes
a la consecución de las metas, objetivos y resultados establecidos por la Consejería
competente en materia de salud, asignados al Servicio Andaluz de Salud a través del
contrato programa previsto en las leyes del presupuesto de la Comunidad Autónoma, o por
los instrumentos que en cada momento lo sustituyan.
Asimismo, de conformidad con el art. 17.2 del Decreto 77/2008, además de las funciones
asistenciales propias de su categoría profesional, la persona titular de la Coordinación del
Dispositivo Asistencial de Salud Mental tendrá asignadas las funciones que se detallan en
el Anexo II de la convocatoria.
ANEXO I
1. Méritos asistenciales (máximo 40 puntos).
1.1. Experiencia profesional.
1.1.1. La experiencia en el desempeño de Dirección de Unidades de Gestión Clínica
(UGC), Coordinación de Área de Salud Mental, Coordinador de Unidad de Salud Mental,
Coordinador de Dispositivo de Salud Mental, Jefatura de Servicio, Jefatura de Sección,
Jefatura de Bloque, Coordinador de Cuidados y Supervisor de Enfermería, mediante
concurso público, se valorará de acuerdo con los siguientes criterios: 2,5 puntos por año
hasta un máximo de 10 puntos.
La experiencia debe venir expresamente acreditada por la Dirección Gerencia del
centro correspondiente y debe constar que ha superado las evaluaciones periódicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309789
BAREMO DE MÉRITOS PROFESIONALES