3. Otras disposiciones. . (2024/207-37)
Orden de 4 de octubre de 2024, por la que se delega al Ayuntamiento de Estepa (Sevilla) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Estepa (Sevilla).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 207 - Miércoles, 23 de octubre de 2024

página 52688/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 4 de octubre de 2024, por la que se delega al Ayuntamiento de Estepa
(Sevilla) la competencia para autorizar obras y actuaciones que desarrollen
o ejecuten el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Estepa
(Sevilla).
Vista la solicitud de delegación de la competencia presentada por el Ayuntamiento de
Estepa (Sevilla), para autorizar las obras y actuaciones que desarrollen o ejecuten el Plan
Especial de Protección del Conjunto Histórico de Estepa, se resuelve con la decisión que
figura al final, a la que sirven de motivación los antecedentes y fundamentos jurídicos
siguientes:
A NTECEDENTES
Primero. Con fecha 25 de abril de 2023, se procedió por el Ilmo. Ayuntamiento de
Estepa (Sevilla), en sesión plenaria ordinaria, a la aprobación definitiva del Plan Especial
de Protección del Conjunto Histórico de Estepa, el cual fue publicado en el Boletín Oficial
de la Provincia de Sevilla núm. 137, de 16 de junio de 2023.
Segundo. Con fecha 22 de enero de 2024, el Ilmo. Ayuntamiento de Estepa solicitó
la delegación de la competencia para la autorización de las obras y actuaciones que
desarrollen o ejecuten el planeamiento urbanístico de protección aprobado para el
Conjunto Histórico de Estepa, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 14/2007, de 26
de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía. Aportaba junto con dicha solicitud
la composición de la Comisión técnica municipal a que se refiere el artículo 40.3 de la
misma.

Cuarto. Con fecha 31 de julio de 2024, la Delegación Territorial de Turismo, Cultura
y Deporte en Sevilla emitió informe sobre la idoneidad del documento de aprobación
definitiva del Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico de Estepa en relación
a la solicitud del Ayuntamiento de Estepa de la delegación de competencia y sobre la
composición de la Comisión técnica municipal, el cual tiene entrada en la Dirección
General de Patrimonio Histórico con esa misma fecha.
El informe es favorable considerando que el Instrumento de Planeamiento cuenta,
en líneas generales, con una regulación acertada en orden a delegar las competencias
previstas en artículo 40.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico
de Andalucía, pero indica determinados aspectos en los que dicha regulación no está
suficientemente detallada o justificada:
«No obstante, se han detectado algunos aspectos cuya regulación puede considerarse
algo ambigua o debería desarrollarse, ya que podría derivar en el incumplimiento de las
leyes estatal y autonómica de patrimonio histórico. Así, de conformidad con las limitaciones
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309637

Tercero. Con fecha 2 de abril de 2024, la Delegación Territorial de Turismo, Cultura
y Deporte en Sevilla remitió escrito al Ayuntamiento de Estepa por el que le comunicaba
que, en virtud del artículo 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se suspendía el plazo para
resolver sobre su solicitud hasta tanto no se recibiese documentación completa del Plan
Especial de Protección del Conjunto Histórico, la cual fue remitida a la citada Delegación
Territorial con fecha 17 de julio de 2024.