Autoridades y personal. . (2024/206-20)
Resolución de 16 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueba, a propuesta de la Comisión Central de Valoración, un segundo listado definitivo de profesionales a certificar, no certificar y/o excluir, del Primer Proceso de certificación de Carrera Profesional del Servicio Andaluz de Salud de 2023; así como un listado de revocaciones y de correcciones al primer listado definitivo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52587/4

Cuarto. Ordenar la publicación de los listados que se aprueban en la página web del
Servicio Andaluz de Salud http://www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud y en los
tablones físicos o virtuales que dispongan los Servicios Centrales y los centros directivos
del Servicio Andaluz de Salud.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante esta Dirección General de Personal en el plazo de un mes
desde el día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente al de la presente publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de octubre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO DE MOTIVOS DE EXCLUSIÓN Y DE NO CERTIFICACIÓN
MOTIVOS DE EXCLUSIÓN
1. No tener la condición de personal estatutario del SAS en la categoría que solicita
la Carrera.
2. No estar en situación de activo en la categoría solicitada o en situación distinta que
suponga una reserva de plaza en el SAS.
3. No estar incluido en el ámbito de aplicación de Carrera Profesional del SAS y/o de
la presente convocatoria.
4. Imposibilidad de participar en el proceso por haber obtenido evaluación negativa
en los últimos 2 años.
5. Solicitud anulada por participar en alguno de los procesos convocados por Resolución
de 21 de julio de 2023.

1. No tener acreditados los años de servicios efectivos en la categoría/especialidad a
la que se opta (al menos: 5 años para el Nivel I; 10 años para el Nivel II; 15 años para el
Nivel III, 20 años para el Nivel IV y 25 años para el nivel V).
2. No superar el tiempo mínimo de permanencia en el nivel de origen.
3. No haber obtenido ni solicitado resolución de acreditación de competencias expedida
por la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud de la Consejería de Salud y
Consumo, dentro de la fecha de corte, en el Nivel y categoría solicitada.
4. No tener vigente la resolución de acreditación de competencias expedida por la
Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud de la Consejería de Salud y Consumo,
en el nivel y categoría solicitada.
5. No superar la puntuación mínima exigida en el baremo de méritos para el factor EDP
y/o CRP (evaluación negativa).
6. No reunir los requisitos para la evaluación favorable, en el nivel y categoría solicitada,
por no estar desarrollados los mapas de competencia en la categoría.
7. Imposibilidad de acceder al Nivel solicitado desde el Nivel de origen.
8. Haber solicitado la Carrera Profesional antes de haber transcurrido 2 años desde la
última valoración negativa.
9. No tener la evaluación favorable de la competencia, actitud e idoneidad acreditada
a través de la superación de un proceso selectivo para obtener la condición de personal
estatutario fijo en la correspondiente categoría.
10. Tener reconocida previamente la carrera profesional en el mismo nivel y categoría
a la solicitada.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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MOTIVOS DE NO CERTIFICACIÓN