Disposiciones generales. . (2024/206-1)
Orden de 9 de octubre de 2024, por la que se establecen normas reguladoras de las Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en Andalucía, y las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a estas organizaciones profesionales en el marco del Programa para España del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura 2021-2027, y se efectúa su convocatoria para la campaña 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Martes, 22 de octubre de 2024

página 52578/29

11. Con esta convocatoria se aprueban y publican los siguientes anexos:
a) Anexo I: Formulario de solicitud de aprobación del Plan de Producción y
Comercialización de las Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de
la acuicultura en Andalucía y concesión de las ayudas en el marco del Programa del
FEMPA 2021-2027.
b) Anexo II: Formulario de justificación y solicitud de pago. Aprobación del Informe
Anual de las Organizaciones Profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura en
Andalucía.
Estos formularios podrán obtenerse en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de
la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica indicada artículo 1.2.
12. Esta convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Disposición adicional segunda. Modificaciones futuras del Real Decreto 956/2017, de
30 de noviembre.
Cualquier modificación que se produjera en el Real Decreto 956/2017, de 3 de
noviembre, una vez que haya entrado en vigor la presente orden, y que pudiera afectar
a su contenido por su consideración de normativa básica, será de aplicación inmediata.
Disposición transitoria primera. Aplicación a convocatorias previas.
El contenido de la presente orden no será de aplicación a las convocatorias de ayudas
publicadas con anterioridad a su entrada en vigor.
Disposición transitoria segunda. Ayudas para la consolidación de las OPP y
AOP con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Andalucía reconocidas
con anterioridad a la entrada en vigor de la presente orden que estén pendientes de
convocatoria.
A los efectos de la percepción y cálculo de las ayudas para la consolidación de las
OPP y de las AOP reconocidas con anterioridad a la entrada en vigor de esta orden, que
estén pendientes de convocatoria, se estará a lo dispuesto en esta orden.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se deroga expresamente la Orden de 16 de mayo de 2023, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
competitiva a las Organizaciones Profesionales en el sector de los productos de la pesca
y de la acuicultura, en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura
2021-2027.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente norma entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de octubre de 2024
RAMÓN FERNÁNDEZ-PACHECO MONTERREAL

00309525

Consejero de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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