Disposiciones generales. . (2024/205-3)
Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea, por la que se conceden dos becas a las personas beneficiarias suplentes correspondientes a la convocatoria realizada mediante Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se convocan las becas de formación y especialización sobre Unión Europea y Acción Exterior para 2024-2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Lunes, 21 de octubre de 2024

página 52534/6

en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; en el Decreto 286/2021, de
28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022, en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo, así como en la Orden de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas ayudas y
en las demás disposiciones aplicables.
Vistos los preceptos legales citados, así como la Memoria del Servicio de Información
y Formación Europea sobre la procedencia de conceder dos nuevas becas a las personas
beneficiarias suplentes establecidas en la Resolución de 17 de septiembre de 2024, de
la Secretaría General de Acción Exterior y Unión Europea, por la que se conceden diez
becas de formación y especialización sobre la unión europea y acción exterior para 20242025, convocadas mediante resolución de 5 de febrero de 2024,
RESU ELVO
Primero. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Secretaría General de
Acción Exterior y Unión Europea, en Sevilla, concedida a don Álvaro Sáez Jiménez, con
DNI **1932***, al no haberse incorporado en el centro directivo en el plazo establecido,
sin causa justificada y haber sido aceptada su renuncia por Resolución de la Secretaría
General de Acción Exterior y Unión Europea, de 4 de octubre de 2024.
Segundo. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Secretaría General de
Acción Exterior y Unión Europea, en Sevilla, concedida a don Adrián Hidalgo Sánchez,
con DNI **2341***, al no haberse incorporado en el centro directivo en el plazo establecido,
sin causa justificada y haber sido aceptada su renuncia por Resolución de la Secretaría
General de Acción Exterior y Unión Europea, de 4 de octubre de 2024.
Tercero. Conceder una beca en la Secretaría General de Acción Exterior Unión
Europea y Cooperación, en Sevilla, a don Javier Rodríguez Martín, con DNI ***2203**,
siguiente persona beneficiaria suplente disponible, según figura en el resuelvo séptimo
de la Resolución de 17 de septiembre con el número 1 en el orden de prelación de la lista
de personas beneficiarias suplentes y una puntuación total de 16,85.

Quinto. Conceder a las personas adjudicatarias de las becas en la Secretaría General
de Acción Exterior y Unión Europea, en Sevilla, las siguientes cuantías, con la distribución
que se indica:
Cuantía bruta de la dotación de la beca: 11.844 euros. El desglose de la dotación
queda establecido en los siguientes términos:
Una asignación mensual de 1.000 euros.
Una asignación de 844 euros para gastos de carácter extraordinario.
Sexto. Determinar que la duración de las becas ahora concedidas es de once meses,
iniciándose con efectos de 1 de noviembre de 2024 e incorporación el 4 de noviembre
(primer día hábil) y finalizará el 30 de septiembre de 2025, sin perjuicio de sus posibles
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309483

Cuarto. Conceder una beca en la Secretaría General de Acción Exterior Unión
Europea y Cooperación, en Sevilla, a doña Paula Romero Fernández, con DNI ***1982**,
siguiente persona beneficiaria suplente disponible, según figura en el resuelvo séptimo
de la Resolución de 17 de septiembre con el número 1 en el orden de prelación de la lista
de personas beneficiarias suplentes y una puntuación total de 14,75.