Disposiciones generales. . (2024/204-2)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se modifica la distribución y la cuantía máxima del crédito de la Resolución de 18 de abril de 2024, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

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distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal
publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de
nuevo cómputo de plazo para resolver».
Conforme a lo establecido en el artículo 24 del Decreto 92/2022, de 31 de mayo, por
el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención
General de la Junta de Andalucía, este procedimiento estará sometido a fiscalización
previa por parte de la Intervención.
Tercero. El resuelve primero, apartado 1 de la Resolución de 18 de abril de 2024,
de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones por la
que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2024, para la el mantenimiento de la
red de centros de atención a las adicciones, conforme a la Orden de 15 de julio de 2020,
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la
Red de Centros de atención a las drogodependencias y adicciones en el ámbito de las
competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
Cuarto. Conforme al resuelve primero, el apartado 1, párrafo tercero de la Resolución
de 18 de abril de 2024, dispone que alteración cualitativa de la clasificación económica
a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos
para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaliza jurídica de las posibles
personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las
modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria
de la resolución de la concesión. En ese caso, el órgano concedente publicará la
distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintos créditos presupuestarios,
sin que ello implique apertura de plazo de presentación de nuevas solicitudes ni inicio de
nuevo cómputo del plazo para resolver.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho citados y los demás
de general aplicación, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional
primera de la Orden de 15 de julio de 2020, en relación con el artículo 9 del Decreto
198/2024, de 3 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Salud y Consumo, esta Dirección General
RESU ELV E
Primero. Modificar los apartados 1 y 2 del resuelve segundo de la Resolución 18
de abril de 2024, de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental
y Adicciones por la que se efectúa la convocatoria, para el ejercicio 2024, de las
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales
para el mantenimiento de la Red de Centros de atención a las drogodependencias y
adicciones en el ámbito de las competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy
de Salud y Consumo aprobando una nueva distribución de los créditos de las partidas
presupuestarias, con carácter estimativo y cuantía máxima, de acuerdo al siguiente
reparto:
Partidas presupuestarias

Subvenciones a entidades locales para
el mantenimiento de la Red de Centros
de Atención a las Adicciones.

1300010000 G/31B/46200/00 01
1300010000 G/31B/46800/00 01
1300180000 G/31B/46200/00 S0066
1300180000 G/31B/46800/00 S0066

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

Cuantía máxima
estimativa
2.776.221,87
9.120.477,13
846.840,36
586.159,64

Total

13.329.699,00

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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