Disposiciones generales. . (2024/204-2)
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Cuidados y Atención Sociosanitaria, por la que se modifica la distribución y la cuantía máxima del crédito de la Resolución de 18 de abril de 2024, por la que se efectúa convocatoria para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

página 52283/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 14 de octubre de 2024, de la Dirección General de Cuidados
y Atención Sociosanitaria, por la que se modifica la distribución y la cuantía
máxima del crédito de la Resolución de 18 de abril de 2024, por la que se
efectúa convocatoria para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el
mantenimiento de la Red de Centros de Atención a las Adicciones.
Primero. Por Orden de 15 de julio de 2020 (BOJA núm. 140, de 22 de julio de 2020),
se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a entidades locales para el mantenimiento de la
red de Centros de Atención a las drogodependencias y adicciones en el ámbito de las
competencias de la Consejería de Salud y Familias, hoy de Salud y Consumo.
En el marco de la referida orden se determina la línea concreta de estas subvenciones
que van dirigidas a las Diputaciones Provinciales, Ayuntamientos y sus Agencias
Administrativas Locales u Organismos Autónomos en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, para el mantenimiento de los Centros de Atención a las
adicciones.
La finalidad de estas subvenciones es la de financiar el mantenimiento de los centros
de las entidades locales dedicados al ámbito de las adicciones, mediante el sostenimiento
de la actividad ordinaria de los mismos, a través de la financiación de los gastos de
personal y generales de funcionamiento vinculados a tal fin.
Segundo. Mediante Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de
Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones, se efectúa convocatoria para el
ejercicio 2024 de la mencionadas subvenciones (BOJA núm. 80, de 25 de abril de 2024).
El apartado 1 del resuelve primero de la citada resolución establece la financiación de
las subvenciones, siendo la cuantía total máxima disponible de doce millones ochocientos
diecinueve mil seiscientos noventa y nueve euros (12.819.699,00 €), distribuida con
carácter estimativo, con cargo a los créditos presupuestarios:
Denominación de la línea

Partidas presupuestarias

Cuantía máxima
estimativa

Total

Subvenciones a entidades locales para
el mantenimiento de la Red de Centros
de Atención a las Adicciones.

1300010000 G/31B/46200/00 01
1300010000 G/31B/46800/00 01
1300180000 G/31B/46200/00 S0066
1300180000 G/31B/46800/00 S0066

2.556.221,87
9.110.477,13
802.840,36
350.159,64

12.819.699,00

Cuarto. Habiéndose producido un aumento de crédito disponible concretamente
280.000,00 € en el importe aportado por el Ministerio de Sanidad en el Servicio 18 (fondo
S0066) que supone una generación de crédito y en los fondos propios del Servicio 01 de
la Consejería de Salud y Consumo en una cuantía de 230.000,00 €, como resultado de
modificación presupuestaria del crédito del programa 31B Plan sobre Adicciones. Resulta
necesario modificar la cuantía máxima del resuelve primero apartado 1 de la resolución
de convocatoria de 18 de abril de 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00309231

Tercero. Igualmente, el apartado 3 del resuelve 1 de la citada resolución de
convocatoria establece que los eventuales aumentos sobrevenidos del crédito disponible
posibilitarán una resolución complementaria a la de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo.