Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024

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En concreto, dentro de la línea de inversión C22.I3, el Anexo III de dicho Convenio de
Colaboración incluye el proyecto número 7, Plan Andalucía+Accesible, que contempla,
entre otras líneas de acción, la destinada a la dotación de nuevas herramientas y métodos
que mejoren la accesibilidad, la calidad de vida de todas las personas, su autonomía
y, por ende, su inclusión social, por medio de la adquisición de dispositivos y apoyos
técnicos para personas físicas con discapacidad en Andalucía, a través de una línea de
subvenciones dirigidas a las personas físicas.
Producido un avance en el reconocimiento de los derechos de las personas con
discapacidad, la plena consecución del ejercicio real y efectivo de sus derechos en
igualdad de condiciones, conforme a los artículos 9.2, 10, 14 y 49 de la Constitución
Española, a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad y a los tratados y acuerdos internacionales ratificados por España, exige
continuar en la promoción de políticas públicas destinadas, entre otras, a la garantía de
entornos accesibles y comprensibles. En este sentido, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre,
de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, tiene por
objeto promover y garantizar los derechos de las personas con discapacidad y de sus
familias, incidiendo especialmente en los principios de igualdad de oportunidades, no
discriminación y accesibilidad universal, fomentando su capacitación y empoderamiento
personal y social mediante el impulso del desarrollo de una sociedad inclusiva y accesible.
La presente orden de bases reguladoras está precedida por la convocatoria de
subvenciones para el ejercicio 2023 para esta misma línea, y cuya ejecución satisfactoria
ha impulsado a la aprobación de unas nuevas bases reguladoras para el ejercicio 2024,
con el objetivo de dar cumplimiento a las demandas y necesidades de las personas con
discapacidad residentes en Andalucía.
Es por ello que, la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, en
su decidida apuesta por el fomento de medidas de accesibilidad universal y en desarrollo
de la actuación descrita en el proyecto número 7, Plan Andalucía+Accesible, Código de
proyecto 22.I03.P01.PROVISIONAL.S07, aprueba mediante la presente orden, las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva
destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos
para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de
las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y efectúa su
convocatoria en el año 2024. Con ello se contribuye a la consecución del objetivo CID
(Council Implementation Decision) número 326 «Proyectos de mejora de la accesibilidad»,
señalado para el componente 22 en el documento Anexo Revisado de la Decisión de
Ejecución del Consejo, que se describe como la finalización de inversiones por parte de
los municipios, los gobiernos regionales y el gobierno central para mejorar la accesibilidad
y eliminar barreras con un presupuesto total de 178 millones de euros.
En aplicación del artículo 61.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por
el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública
y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, de aplicación
a la Comunidad Autónoma de Andalucía dado su carácter básico de conformidad con lo
dispuesto en la disposición final primera, las bases reguladoras de subvenciones que se
aprueban por la presente orden incorporan la convocatoria de las mismas.
En cuanto a la naturaleza jurídica de la presente orden debe significarse que la
misma constituye un acto administrativo singular de carácter plúrimo conforme al «criterio
ordinamental», establecido por el Tribunal Supremo, con arreglo al cual, allí donde los
efectos de un acto con una pluralidad indeterminada de destinatarios se agotan con su
cumplimiento, sin instalarse de manera permanente en el ordenamiento jurídico, no cabe
hablar de disposición general, sino de acto administrativo singular de carácter plúrimo,
dado que contiene tanto la convocatoria de la ayuda como las normas reguladoras por
las que se rige su tramitación y resolución, extendiéndose los efectos de su vigencia al
ejercicio 2024, sin vocación de permanencia en el ordenamiento jurídico.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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