Disposiciones generales. . (2024/204-5)
Orden de 10 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la implantación de nuevas tecnologías y la adquisición de apoyos y equipos para la vida independiente dirigidas a la promoción de la accesibilidad y autonomía de las personas con discapacidad, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y se efectúa su convocatoria en el año 2024.
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Número 204 - Viernes, 18 de octubre de 2024
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10. Recursos.
La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
11. Medidas de notificación o publicación.
Las notificaciones se cursarán personalmente y se practicarán en el lugar o por
el medio indicado en la solicitud. En el caso de que se opte por el medio electrónico
de notificación, deberán cumplimentarse los apartados correspondientes del Anexo I
formulario de solicitud.
De conformidad con el apartado 18 del cuadro resumen para la línea que se convoca,
las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 de la Orden de 20 de diciembre de
2019, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
12. Devolución a iniciativa del perceptor.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona beneficiaria podrá realizar la
devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el
aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles y
el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/
tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Corresponderá a la Agencia Tributaria de Andalucía la resolución, o inadmisión en
su caso, de las solicitudes de compensación, aplazamiento o fraccionamiento a que
se refiere el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía.
13. Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se posibilitará la utilización de canales de denuncia contemplados en el Plan de
Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado en sesión del Consejo
de Gobierno de fecha 27 de abril de 2022, y a la adaptación realizada por la entidad
ejecutora, para poder dar cumplimiento a lo previsto en este apartado.
Los canales de denuncia, de acuerdo con el apartado 6.2.3 de dicho Plan, son los
siguientes:
- Canal específico de la Junta de Andalucía.
Cualquier persona puede interponer una denuncia ante la Oficina Andaluza contra el
Fraude y la Corrupción, sobre hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción
o conflictos de intereses. El inicio del procedimiento de investigación e inspección a través
de denuncia se recoge en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de fraude y la
corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante.
Este canal específico de la Junta de Andalucía coordinará sus actuaciones y
colaborará con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) de acuerdo con
los principios establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
- Canal de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos
del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA):
Se trata de un canal confidencial a través del cual, cualquier persona puede dar
conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en
relación con proyectos financiados total o parcialmente por fondos de la Unión Europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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10. Recursos.
La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo
interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos
establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos
en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
11. Medidas de notificación o publicación.
Las notificaciones se cursarán personalmente y se practicarán en el lugar o por
el medio indicado en la solicitud. En el caso de que se opte por el medio electrónico
de notificación, deberán cumplimentarse los apartados correspondientes del Anexo I
formulario de solicitud.
De conformidad con el apartado 18 del cuadro resumen para la línea que se convoca,
las resoluciones previstas en los artículos 5.5 y 12.2 de la Orden de 20 de diciembre de
2019, serán objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
12. Devolución a iniciativa del perceptor.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido
de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona beneficiaria podrá realizar la
devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el
aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles y
el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/
tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Corresponderá a la Agencia Tributaria de Andalucía la resolución, o inadmisión en
su caso, de las solicitudes de compensación, aplazamiento o fraccionamiento a que
se refiere el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda
Pública de la Junta de Andalucía.
13. Plan de Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Se posibilitará la utilización de canales de denuncia contemplados en el Plan de
Medidas Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado en sesión del Consejo
de Gobierno de fecha 27 de abril de 2022, y a la adaptación realizada por la entidad
ejecutora, para poder dar cumplimiento a lo previsto en este apartado.
Los canales de denuncia, de acuerdo con el apartado 6.2.3 de dicho Plan, son los
siguientes:
- Canal específico de la Junta de Andalucía.
Cualquier persona puede interponer una denuncia ante la Oficina Andaluza contra el
Fraude y la Corrupción, sobre hechos que pudieran ser constitutivos de fraude, corrupción
o conflictos de intereses. El inicio del procedimiento de investigación e inspección a través
de denuncia se recoge en el artículo 20 de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de fraude y la
corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante.
Este canal específico de la Junta de Andalucía coordinará sus actuaciones y
colaborará con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA) de acuerdo con
los principios establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
- Canal de información sobre fraudes o irregularidades que afecten a fondos europeos
del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (SNCA):
Se trata de un canal confidencial a través del cual, cualquier persona puede dar
conocimiento de hechos que puedan ser constitutivos de fraude o irregularidad en
relación con proyectos financiados total o parcialmente por fondos de la Unión Europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00309324
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía