3. Otras disposiciones. . (2024/203-61)
Resolución de 10 de octubre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Federación Andaluza de Rugby.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 203 - Jueves, 17 de octubre de 2024

página 52230/44

4. Si el órgano competente para resolver estimase la existencia de vicio formal,
podrá ordenar la retroacción del procedimiento hasta el momento en que produjo la
irregularidad, con indicación expresa de las medidas mínimas a adoptar por el órgano de
instancia.
5. Los interesados podrán desistirse de sus pretensiones en cualquier estado de
tramitación en que se encuentre el recurso. El desistimiento del recurrente o recurrentes,
según sea uno o varios, produce el archivo del expediente.
Disposiciones adicionales.
El catálogo de infracciones y sanciones comunes, muy graves, graves y leves, previsto
en la vigente Ley del Deporte, será aplicable al rugby andaluz y sus especialidades
deportivas, reguladas federativamente.
No obstante, atendiendo a las particularidades de dicho deporte, la pérdida de puntos,
partidos o eliminatorias y pérdida de categoría competicional se aplicará solo en aquella
forma y supuestos específicamente tipificados con dicha sanción, en el presente Código
Disciplinario, y no con carácter general, para todas las infracciones comunes, al tratarse
además de sanciones alternativas u opcionales.
La Asamblea General de la FAR, faculta expresamente a la Junta Directiva a
introducir las eventuales modificaciones y subsanaciones que determinase la Consejería
competente en materia de deporte, sobre el texto aprobado en Asamblea, de obligatorio
cumplimiento, sin perjuicio de su ulterior ratificación.
Disposición derogatoria.
Quedan expresamente derogados cuantos artículos de los Estatutos o Reglamentos
generales de la FAR se opongan o contradigan las prescripciones contenidas en esta
norma, en estricta aplicación de la Ley del Deporte Andaluz y restante normativa
autonómica.

00309178

Disposiciones finales.
De conformidad con el contenido del art. 125 de la Ley 5/2016, del Deporte en
Andalucía, la Asamblea General, mediante acuerdo de la mayoría cualificada requerida,
aprueba el Régimen Disciplinario de la FAR, que figura como anexo a sus Estatutos.
El presente texto será ratificado por la Dirección General competente en materia de
Deportes y publicado en el BOJA, surtiendo efectos frente a terceros a partir de la fecha
de inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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