3. Otras disposiciones. . (2024/201-39)
Acuerdo de 8 de octubre de 2024, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, por el que se inicia expediente de prescripción del derecho a exigir el pago de determinadas ayudas concedidas al amparo de la Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual, correspondientes a la convocatoria aprobada por Orden de 30 de octubre de 2018 (BOJA núm. 211, de 31 de octubre).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 201 - Martes, 15 de octubre de 2024
página 52156/5
• Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones
específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022.
• Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2023.
• Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024.
Por lo expuesto, vistos los antecedentes de hechos y fundamentos de derechos
relacionados, esta Delegación Territorial
ACUERDA
Primero. Iniciar de oficio expediente para declarar la prescripción extintiva del
derecho a exigir el pago total o parcial de las ayudas para el alquiler de vivienda habitual
a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en
la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas para el ejercicio 2018, a las personas
relacionadas en el anexo adjunto, por los importes que se relacionan en el mismo, y como
consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la Junta de Andalucía sus respectivos
documentos contables.
Segundo. Conceder a las personas relacionadas en el anexo adjunto un plazo de
quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente
acuerdo, para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen
pertinentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Ordenar la publicación de este acuerdo y su anexo en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, accediendo al siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/
vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/paginas/aviso-alquila2018-notificacion.html
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Cuarto. Contra el presente acuerdo no cabe interponer recurso alguno.
00309104
Málaga, 8 de octubre de 2024.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D (base decimosexta de la Orden de 17.10.2018, BOJA núm. 203, de 19.10),
la Delegada, María Rosa Morales Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 201 - Martes, 15 de octubre de 2024
página 52156/5
• Decreto 286/2021, de 28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones
específicas a las que debe ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2022.
• Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2023.
• Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2024.
Por lo expuesto, vistos los antecedentes de hechos y fundamentos de derechos
relacionados, esta Delegación Territorial
ACUERDA
Primero. Iniciar de oficio expediente para declarar la prescripción extintiva del
derecho a exigir el pago total o parcial de las ayudas para el alquiler de vivienda habitual
a personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en
la Comunidad Autónoma de Andalucía, convocadas para el ejercicio 2018, a las personas
relacionadas en el anexo adjunto, por los importes que se relacionan en el mismo, y como
consecuencia, dar de baja en la contabilidad de la Junta de Andalucía sus respectivos
documentos contables.
Segundo. Conceder a las personas relacionadas en el anexo adjunto un plazo de
quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente
acuerdo, para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen
pertinentes, conforme a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Ordenar la publicación de este acuerdo y su anexo en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, y en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, accediendo al siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/
vivienda-rehabilitacion/fomento-alquiler/paginas/aviso-alquila2018-notificacion.html
Esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Cuarto. Contra el presente acuerdo no cabe interponer recurso alguno.
00309104
Málaga, 8 de octubre de 2024.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D (base decimosexta de la Orden de 17.10.2018, BOJA núm. 203, de 19.10),
la Delegada, María Rosa Morales Serrano.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja