Autoridades y personal. . (2024/200-24)
Resolución de 7 de octubre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación laboral prevista en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación y se convoca a concurso público un contrato de actividades científico-técnicas.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 51958/3
sus datos, cuando procedan y disponen de información adicional sobre el ejercicio de
estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección:
https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/
2. Solicitantes.
Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria las personas solicitantes que
reúnan los siguientes requisitos:
2.1. a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de personas trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el
Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes y descendientes
del o de la cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de
derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren residiendo
en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite
a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán
participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren
en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización
para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas refugiadas.
2.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.
Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de contratación.
2.3. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en
el Anexo II de esta resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros
Españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre
del plazo de presentación de solicitudes.
2.4. No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de las correspondientes funciones. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española deberán igualmente no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.6. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación
de los correspondientes contratos.
4. Efectos del contrato.
Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente y seleccionada la persona
contratada, el contrato surtirá efecto dentro de los veinte días hábiles siguientes a la
fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el tablón electrónico oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308907
3. Cuantía del contrato.
3.1. La dotación económica del contrato será la especificada en el Anexo II.
3.2. La contratación implicará, además, el alta en el Régimen General de la Seguridad
Social.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 200 - Lunes, 14 de octubre de 2024
página 51958/3
sus datos, cuando procedan y disponen de información adicional sobre el ejercicio de
estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección:
https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/
2. Solicitantes.
Podrán solicitar tomar parte en la presente convocatoria las personas solicitantes que
reúnan los siguientes requisitos:
2.1. a) Ser de nacionalidad española o nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de personas trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el
Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes y descendientes
del o de la cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de
derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren residiendo
en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite
a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán
participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren
en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación de autorización
para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas refugiadas.
2.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.
Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de contratación.
2.3. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en
el Anexo II de esta resolución. Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros
Españoles no estatales, deberán estar homologados o reconocidos a la fecha de cierre
del plazo de presentación de solicitudes.
2.4. No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de las correspondientes funciones. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española deberán igualmente no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.6. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación
de los correspondientes contratos.
4. Efectos del contrato.
Una vez reunida la Comisión Evaluadora correspondiente y seleccionada la persona
contratada, el contrato surtirá efecto dentro de los veinte días hábiles siguientes a la
fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el tablón electrónico oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308907
3. Cuantía del contrato.
3.1. La dotación económica del contrato será la especificada en el Anexo II.
3.2. La contratación implicará, además, el alta en el Régimen General de la Seguridad
Social.