Autoridades y personal. . (2024/199-31)
Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de la categoría Enfermero/a Especialista en Enfermería de Salud Mental, dependiente del Servicio Andaluz de Salud.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Viernes, 11 de octubre de 2024

página 51965/8

7. Efectos derivados del concurso.
7.1. Irrenunciabilidad del destino.
Las plazas adjudicadas en la resolución definitiva del concurso serán irrenunciables,
salvo que dicha renuncia esté motivada por la obtención de plaza en virtud de la resolución
de un procedimiento de concurso de traslado convocado por cualquier Administración
Pública. En tal caso, deberá acreditarse dicha obtención mediante copia del Boletín
Oficial en el que aparezca la adjudicación de destino o certificado expedido por el Centro
que acredite que se ha efectuado la toma de posesión del mismo.
7.2. Cese y toma de posesión.
a) Las personas concursantes que obtengan plaza cesarán en la que, en su caso,
desempeñen dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se publique la
resolución definitiva del concurso prevista en la base 10.3, salvo que se encuentren en
disfrute de permiso o licencia reglamentaria, en cuyo caso el cómputo del plazo para el
cese se contará a la finalización de dicho permiso o licencia, excepto que por causas
justificadas se suspenda el disfrute de los mismos.
b) La toma de posesión de la nueva plaza deberá efectuarse dentro de los tres días
hábiles siguientes al del cese, si las plazas son de la misma Área de Salud; en el plazo
de diez días hábiles si son de distinta Área de Salud o, en el de un mes, si implica cambio
en el Servicio de Salud de destino. En el caso de que la adjudicación de plazas suponga
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será de un mes a contar desde
la publicación de la resolución definitiva del concurso.
c) Si así lo permiten las necesidades del servicio y a petición de la persona interesada
ante la Dirección General de Personal, los plazos a que se refiere el párrafo anterior
podrán ser prorrogados por tiempo no superior a la mitad de su duración inicial.
d) Excepto cuando la resolución del concurso implique reingreso al servicio activo, el
plazo de toma de posesión y, en su caso, la prórroga del mismo, tendrá la consideración
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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con indicación de la puntuación alcanzada y la plaza obtenida, y la lista provisional de
concursantes excluidos con indicación de la causa de exclusión. Dicha resolución se
publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en ella se señalarán los lugares
en los que se encontrará expuestas al público las citadas listas, que serán al menos, los
tablones físicos o virtuales que dispongan los Servicios Centrales del Servicio Andaluz
de Salud y las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como
en la página web del Servicio Andaluz de Salud
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
6.2. Contra dicha resolución provisional los/las interesados/as podrán formular
alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, en el plazo de quince días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
6.3. Las alegaciones formuladas contra la resolución provisional serán resueltas, a
propuesta de la Comisión de Valoración, mediante la Resolución Definitiva del concurso
aprobada por la persona titular Dirección General de Personal, que será publicada en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Dicha publicación determina la apertura del
plazo de toma de posesión.
Contra esta última resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos
plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía.