Autoridades y personal. . (2024/198-27)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51903/4
5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por las comisiones constituidas al efecto, en
la forma establecida en las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de
las comisiones de selección y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos
docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (Acuerdo 6.4 de Consejo de Gobierno
de la Universidad de Sevilla de 20 de diciembre de 2023) y que se relacionan en el Anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone que las autoridades y el personal al
servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias que se
señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán
al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen como motivos de abstención los
siguientes:
- Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
- Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308852
contrastar sus capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección,
en sesión pública, en la correspondiente materia o especialidad.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según
el procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro
del plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de
Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e Investigador) y, a título
informativo, en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público
– Convocatorias). Asimismo, se comunicará al presidente de la comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa
y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo
conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
o bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector
Magfco., a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrán
interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado hasta la resolución expresa
o desestimación presunta del de reposición.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Jueves, 10 de octubre de 2024
página 51903/4
5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por las comisiones constituidas al efecto, en
la forma establecida en las Normas provisionales para adaptar el modo de elección de
las comisiones de selección y los criterios de valoración para los concursos a cuerpos
docentes universitarios y a plazas de profesorado permanente laboral a la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (Acuerdo 6.4 de Consejo de Gobierno
de la Universidad de Sevilla de 20 de diciembre de 2023) y que se relacionan en el Anexo II.
El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando
concurran algunas de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que dispone que las autoridades y el personal al
servicio de las Administraciones en quienes se den algunas de las circunstancias que se
señalan a continuación, se abstendrán de intervenir en el procedimiento y lo comunicarán
al Rector, quien resolverá lo procedente. Se establecen como motivos de abstención los
siguientes:
- Tener interés personal en el asunto del que se trate o en otro en cuya resolución
pudiera influir la de aquél, ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener
cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
- Tener vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable o parentesco de
consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo con cualquiera
de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y
también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el
procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para
el asesoramiento, la representación o el mandato.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308852
contrastar sus capacidades para la exposición y el debate ante la comisión de selección,
en sesión pública, en la correspondiente materia o especialidad.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del
siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según
el procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro
del plazo señalado no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el listado definitivo de aspirantes admitidos al
concurso.
4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de
Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e Investigador) y, a título
informativo, en la siguiente dirección: (https://docentes.us.es – Oferta de Empleo Público
– Convocatorias). Asimismo, se comunicará al presidente de la comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa
y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo
conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
o bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Sr. Rector
Magfco., a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en
el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrán
interponer el recurso contencioso-administrativo mencionado hasta la resolución expresa
o desestimación presunta del de reposición.