3. Otras disposiciones. . (2024/197-35)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, por la que se declara la prescripción de reconocimiento y liquidación de compromisos de gasto derivados de expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 25 de febrero de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para acciones y actividades sostenibles en los Parques Naturales y Nacionales de Andalucía incluidos en la Red Natura 2000 y sus Áreas de Influencia Socioeconómica y se efectúa su convocatoria para 2008 (BOJA núm. 106, de 29.5.2008).
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51792/3
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, establece en el artículo 9 que corresponden a la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente las competencias que actualmente venía ejerciendo la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, salvo las competencias en materia de
puertos que se asignan a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
y las competencias relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos
marinos que se asignan a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La disposición adicional segunda establece que las referencias del ordenamiento
jurídico a los órganos suprimidos o cuya denominación se modifica mediante este decreto
se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o
asumen sus competencias.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 apartado 1 de la Orden
de 15 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos
directivos de la anterior Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
con carácter general, se delegan todas las competencias relativas a los procedimientos
de concesión, justificación, reintegro y demás facultades en el ámbito de las subvenciones
regladas, así como la gestión presupuestaria y económico administrativa asociada a las
mismas, en las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería
que sean competentes por razón de la materia.
Tercero. La competencia la tiene atribuida la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos en virtud de lo establecido en el artículo 8 del Decreto 170/2024, de 26 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente.
Cuarto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno
a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya
notificado la resolución de concesión.
Quinto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Sexto. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente
esta Dirección General
Primero. Declarar la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las
obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, y relativas
a los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 25 de febrero
de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre de 2009, por la que se establecen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308741
RESU ELV E
BOJA
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024
página 51792/3
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, establece en el artículo 9 que corresponden a la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente las competencias que actualmente venía ejerciendo la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, salvo las competencias en materia de
puertos que se asignan a la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda
y las competencias relativas al uso, gestión y conservación sostenible de los recursos
marinos que se asignan a la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
La disposición adicional segunda establece que las referencias del ordenamiento
jurídico a los órganos suprimidos o cuya denominación se modifica mediante este decreto
se entenderán realizadas a los que, por esta misma norma, se crean y los sustituyen o
asumen sus competencias.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 18 apartado 1 de la Orden
de 15 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos
directivos de la anterior Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
con carácter general, se delegan todas las competencias relativas a los procedimientos
de concesión, justificación, reintegro y demás facultades en el ámbito de las subvenciones
regladas, así como la gestión presupuestaria y económico administrativa asociada a las
mismas, en las personas titulares de los órganos directivos centrales de la Consejería
que sean competentes por razón de la materia.
Tercero. La competencia la tiene atribuida la Dirección General de Espacios Naturales
Protegidos en virtud de lo establecido en el artículo 8 del Decreto 170/2024, de 26 de
agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente.
Cuarto. Según lo establecido en el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno
a favor del beneficiario propuesto, frente a la Administración, mientras no se le haya
notificado la resolución de concesión.
Quinto. El procedimiento es el establecido en el artículo 30 del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como en la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Sexto. De los hechos descritos en los antecedentes, así como de la documentación
obrante en esta Consejería, se aprecia que los compromisos de gasto detallados en el
Anexo I se encuentran incursos en un supuesto de prescripción extintiva, en virtud de lo
dispuesto en el artículo 30 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, procediendo como consecuencia, su baja en contabilidad.
En virtud de los antecedentes y fundamentos de derecho detallados anteriormente
esta Dirección General
Primero. Declarar la prescripción del derecho al reconocimiento y liquidación de las
obligaciones derivadas de los compromisos de gasto detallados en el Anexo I, y relativas
a los expedientes de subvención tramitados al amparo de la Orden de 25 de febrero
de 2008, modificada por la Orden de 29 de octubre de 2009, por la que se establecen
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308741
RESU ELV E