3. Otras disposiciones. . (2024/197-22)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción a la instalación de producción de energía eléctrica que se cita. (PP. 9587/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Miércoles, 9 de octubre de 2024

página 51178/5

6. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
7. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tales
supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.
Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de 3 de
agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante emitido
por el órgano ambiental (autorización ambiental unificada núm. expte.: AAU/GR/042/2)
de fecha 13.8.2024, quedan incorporadas a esta resolución. El citado informe podrá
consultarse de forma pública en la web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, esta autorización
se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de
acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a
ordenación del territorio y al medio ambiente.
Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el BOP
de Granada y BOJA.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponer recurso de alzada, ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Industria, Energía y Minas, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a
la notificación de este acto, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.

00308127

Granada, 23 de septiembre de 2024.- El Secretario General de Energía, P.D. (Resolución
de 11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja