Disposiciones generales. . (2024/196-2)
Extracto de la Resolución de 2 de octubre de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se convoca para el año 2024 la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva para la compensación económica a las empresas que hayan posibilitado la realización de prácticas profesionales no laborales a las personas participantes desempleadas en acciones formativas de formación profesional para el empleo, previstas en la Orden de 10 de noviembre de 2021, por la que se establecen los procedimientos para la realización y compensación de prácticas profesionales no laborales y de concesión de becas y ayudas a personas participantes en acciones formativas de formación profesional para el empleo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51735/3
7. De acuerdo con el artículo 120 bis apartado segundo del Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, se establece la posibilidad de adquirir
compromisos de gasto de carácter plurianual, según lo establecido en el artículo 40 de
este Texto Refundido, conforme a la distribución por anualidades e importes establecidos
en el resuelve primero.
8. El régimen de compatibilidad será el establecido en el artículo 3 de la Orden de 10
de noviembre de 2021.
9. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria
provienen en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado y estará
financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a través de los créditos
específicamente consignados cada año en el presupuesto de gastos del Servicio Público
de Empleo Estatal.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de
esta convocatoria.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios y anexos figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles, a
título informativo y sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, en la url:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/
areas/formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/sub-compensacion-practicasprofesionales-2024.html
La presentación de los formularios se hará, exclusivamente, a través de la Oficina
virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo e irán dirigidas al
órgano competente para resolver en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25143.html
00308685
Sevilla, 2 de octubre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201, de 19.10.22), la Directora General, María Eva
Melero Torres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 196 - Martes, 8 de octubre de 2024
página 51735/3
7. De acuerdo con el artículo 120 bis apartado segundo del Decreto Legislativo
1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, se establece la posibilidad de adquirir
compromisos de gasto de carácter plurianual, según lo establecido en el artículo 40 de
este Texto Refundido, conforme a la distribución por anualidades e importes establecidos
en el resuelve primero.
8. El régimen de compatibilidad será el establecido en el artículo 3 de la Orden de 10
de noviembre de 2021.
9. La financiación de las subvenciones concedidas al amparo de esta convocatoria
provienen en su totalidad de fondos de la Administración General del Estado y estará
financiado con cargo a los Presupuestos Generales del Estado a través de los créditos
específicamente consignados cada año en el presupuesto de gastos del Servicio Público
de Empleo Estatal.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de
esta convocatoria.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios y anexos figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía junto con la resolución de la convocatoria, los cuales estarán disponibles, a
título informativo y sin perjuicio de lo establecido en el apartado siguiente, en la url:
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoempresaytrabajoautonomo/
areas/formacion-empleo/empresa-entidad-fpe/paginas/sub-compensacion-practicasprofesionales-2024.html
La presentación de los formularios se hará, exclusivamente, a través de la Oficina
virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo e irán dirigidas al
órgano competente para resolver en la siguiente url:
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25143.html
00308685
Sevilla, 2 de octubre de 2024.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201, de 19.10.22), la Directora General, María Eva
Melero Torres.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja