3. Otras disposiciones. . (2024/195-45)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Reglamento Electoral de la Federación Andaluza de Deportes de Personas con Discapacidad Física.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51276/3
Fase primera: Convocatoria y proclamación del censo electoral definitivo.
Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo.
Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la
Dirección General competente en materia de deporte.
Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus
delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la
Consejería competente en materia de deporte.
Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia
convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y
el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral.
Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de
certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería
competente en materia de deporte.
Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones
de publicación de la convocatoria, conforme con lo previsto en el artículo 6.1 del presente
Reglamento.
Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de
deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede
y web federativas.
Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado
anterior correspondiente al día 6.
Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación
del censo electoral definitivo, por parte de la Comisión Electoral y notificación personal a
los interesados e interesadas de conformidad con lo dispuesto en la Orden vigente por la
que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas.
Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral y
en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de las
impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo conforme
con lo previsto en el artículo 12.7 del presente Reglamento.
Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en
materia de deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos.
Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto
por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de
deporte.
Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de
la Federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados
acreditativos de inclusión en el Censo especial de voto por correo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308225
Artículo 5. Calendario.
El proceso electoral federativo se dividirá en dos fases diferenciadas: Una primera
fase relativa a la convocatoria y a la proclamación del censo electoral definitivo; y una
segunda fase relativa a las elecciones de las personas miembros de la Asamblea General
y de la Presidencia federativa.
El calendario de las elecciones de la Federación Andaluza de Deportes de Personas
con Discapacidad Física se ajustará al calendario marco que sigue, en el que los plazos
y determinaciones tienen el carácter de mínimos, de acuerdo con lo que marca la orden
vigente por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas
andaluzas:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51276/3
Fase primera: Convocatoria y proclamación del censo electoral definitivo.
Día 1: Convocatoria del proceso electoral federativo.
Día 2: Inicio del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 3: Fin del plazo para remitir anuncio de la convocatoria por vía electrónica a la
Dirección General competente en materia de deporte.
Día 5: Publicación de la convocatoria en las sedes de la Federación, en las de sus
delegaciones territoriales y en su página web oficial, así como en la página web de la
Consejería competente en materia de deporte.
Día 6: Comienzo del plazo para la presentación de impugnaciones contra la propia
convocatoria, el censo, la distribución de personas miembros de la Asamblea General y
el calendario del proceso electoral, ante la Comisión Electoral.
Día 10: Remisión por la Dirección General competente en materia de deporte de
certificación de exposición del anuncio de convocatoria en la web de la Consejería
competente en materia de deporte.
Día 11: Remisión por la Comisión Gestora a la Comisión Electoral de las certificaciones
de publicación de la convocatoria, conforme con lo previsto en el artículo 6.1 del presente
Reglamento.
Día 11: Fin del plazo para remitir a la Dirección General competente en materia de
deporte la convocatoria completa y la certificación de los días de publicación en la sede
y web federativas.
Día 20: Fin del plazo de presentación de impugnaciones señaladas en el apartado
anterior correspondiente al día 6.
Día 23: Fin del plazo para resolver las impugnaciones presentadas y proclamación
del censo electoral definitivo, por parte de la Comisión Electoral y notificación personal a
los interesados e interesadas de conformidad con lo dispuesto en la Orden vigente por la
que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas.
Día 24: Publicación en el tablón de anuncios de la sede de la Comisión Electoral y
en la página web oficial de la Federación de las resoluciones recaídas respecto de las
impugnaciones presentadas y de la proclamación del censo electoral definitivo conforme
con lo previsto en el artículo 12.7 del presente Reglamento.
Día 24: Remisión del censo electoral definitivo a la Dirección General competente en
materia de deporte, en soporte informático apto para el tratamiento de textos y datos.
Día 25: Fin del plazo para solicitar a la Comisión Electoral la inscripción en el Censo
especial de voto por correo.
Día 27: Fin del plazo para que la Comisión Electoral remita el Censo especial de voto
por correo a la Comisión Gestora y a la Dirección General competente en materia de
deporte.
Día 30: Fin del plazo para que la Comisión Gestora publique en la web oficial de
la Federación el Censo especial de voto por correo y para enviar los certificados
acreditativos de inclusión en el Censo especial de voto por correo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308225
Artículo 5. Calendario.
El proceso electoral federativo se dividirá en dos fases diferenciadas: Una primera
fase relativa a la convocatoria y a la proclamación del censo electoral definitivo; y una
segunda fase relativa a las elecciones de las personas miembros de la Asamblea General
y de la Presidencia federativa.
El calendario de las elecciones de la Federación Andaluza de Deportes de Personas
con Discapacidad Física se ajustará al calendario marco que sigue, en el que los plazos
y determinaciones tienen el carácter de mínimos, de acuerdo con lo que marca la orden
vigente por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas
andaluzas: