3. Otras disposiciones. . (2024/195-43)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Caza.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51273/4
d) A la vista de dicha comunicación, la Junta Directiva propondrá e impulsará las
acciones necesarias para corregir las incidencias que se constaten en los informes del
Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Disposiciones finales
00308222
1.ª La Junta Directiva queda autorizada por la Asamblea General para, una vez
aprobado, poder subsanar, suprimir o introducir en el presente Código aquéllas
modificaciones de estricta legalidad, para las que fuere requerida por la Consejería de
la Junta de Andalucía competente en materia de deportes, sin perjuicio de su inmediata
ejecutividad y posterior ratificación de la Asamblea General, bien a través de consulta a
todos y cada uno de los miembros o celebración de la correspondiente Asamblea.
2.ª El presente Código de Buen Gobierno, una vez ratificado, se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y se inscribirá en el Registro Andaluza de Entidades
Deportivas, surtiendo efectos a partir de la fecha de su inscripción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51273/4
d) A la vista de dicha comunicación, la Junta Directiva propondrá e impulsará las
acciones necesarias para corregir las incidencias que se constaten en los informes del
Comité de Transparencia y Buen Gobierno.
Disposiciones finales
00308222
1.ª La Junta Directiva queda autorizada por la Asamblea General para, una vez
aprobado, poder subsanar, suprimir o introducir en el presente Código aquéllas
modificaciones de estricta legalidad, para las que fuere requerida por la Consejería de
la Junta de Andalucía competente en materia de deportes, sin perjuicio de su inmediata
ejecutividad y posterior ratificación de la Asamblea General, bien a través de consulta a
todos y cada uno de los miembros o celebración de la correspondiente Asamblea.
2.ª El presente Código de Buen Gobierno, una vez ratificado, se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía y se inscribirá en el Registro Andaluza de Entidades
Deportivas, surtiendo efectos a partir de la fecha de su inscripción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja