3. Otras disposiciones. . (2024/195-43)
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Caza.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51273/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Caza.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Decreto 41/2022, de 8 de
marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la
estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas,
por Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 10 de
septiembre de 2024, se ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza
de Caza y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así
como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Caza, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 24 de septiembre de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova
Pozuelo.
FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece que
las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un Código en el que se recojan
las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y participación,
y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas las transacciones
económicas que efectúen, independientemente de que estas estén financiadas o no con
ayudas públicas. Asimismo, dicho artículo establece que dicho Código de buen gobierno
constituirá un criterio preferente a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas
que la Consejería competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a
las federaciones deportivas.
El presente Código de buen gobierno se ajusta al contenido del citado artículo 64
de la Ley 5/2016, del Deporte de Andalucía, así como al modelo confeccionado por la
Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas, y no sólo será de aplicación a esta
Federación sino que, además, podrá ser asumido ‒con las adaptaciones pertinentes‒
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308222
Exposición de Motivos
BOJA
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51273/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Caza.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto Decreto 41/2022, de 8 de
marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la
estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas,
por Resolución de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 10 de
septiembre de 2024, se ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza
de Caza y se acordó su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así
como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Caza, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 24 de septiembre de 2024.- La Directora General, María Auxiliadora de Nova
Pozuelo.
FEDERACIÓN ANDALUZA DE CAZA
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron unos principios de buen gobierno,
habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad moderna y en el
deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones de jóvenes que
practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, en su artículo 64 establece que
las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un Código en el que se recojan
las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de democracia y participación,
y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control de todas las transacciones
económicas que efectúen, independientemente de que estas estén financiadas o no con
ayudas públicas. Asimismo, dicho artículo establece que dicho Código de buen gobierno
constituirá un criterio preferente a efectos de concretar el importe de las ayudas públicas
que la Consejería competente en materia de deporte pueda conceder en cada ejercicio a
las federaciones deportivas.
El presente Código de buen gobierno se ajusta al contenido del citado artículo 64
de la Ley 5/2016, del Deporte de Andalucía, así como al modelo confeccionado por la
Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas, y no sólo será de aplicación a esta
Federación sino que, además, podrá ser asumido ‒con las adaptaciones pertinentes‒
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308222
Exposición de Motivos