Autoridades y personal. . (2024/195-26)
Resolución de 1 de octubre de 2024, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se publica la modificación de la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51680/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 1 de octubre de 2024, del Rectorado de la Universidad de
Almería, por la que se publica la modificación de la Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, en uso de las atribuciones
conferidas por los Estatutos de la Universidad de Almería y de conformidad con el artículo
70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en sesión celebrada el
día 30 de septiembre de 2024 aprobó la modificación de la Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Almería para el año 2024
(publicada en BOJA número 127 de 2 de julio de 2024), en los términos establecidos en
esta resolución.
Esta oferta se ajusta a lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024.
Dicha ley establece en su artículo 20 que respetando las disponibilidades presupuestarias
del Capítulo I del presupuesto de gastos, la tasa de reposición se fija en el 120% en los
denominados sectores prioritarios.
El artículo 20.Uno.3) de la citada ley establece que se consideran sectores
prioritarios a efectos de la tasa de reposición: «Plazas de los Cuerpos de Catedráticas/os
y de Profesoras/es Titulares de Universidad, Profesoras y Profesoras/es Permanentes
Laborales, regulados en los artículos 68 y 82 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, y a las plazas de personal de administración y servicios de
las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que
dependan autoricen las correspondientes convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores
Permanentes Laborales previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
RESU ELVO
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador
de la Universidad de Almería para el año 2024 (véase anexo).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308629
Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 20.Tres.7
y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2023, la tasa de reposición
para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Almería para el año 2024
será hasta un máximo de 60 plazas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 7 de octubre de 2024
página 51680/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 1 de octubre de 2024, del Rectorado de la Universidad de
Almería, por la que se publica la modificación de la Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador para el año 2024.
El Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería, en uso de las atribuciones
conferidas por los Estatutos de la Universidad de Almería y de conformidad con el artículo
70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en sesión celebrada el
día 30 de septiembre de 2024 aprobó la modificación de la Oferta de Empleo Público
del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Almería para el año 2024
(publicada en BOJA número 127 de 2 de julio de 2024), en los términos establecidos en
esta resolución.
Esta oferta se ajusta a lo establecido en la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, prorrogados para el año 2024.
Dicha ley establece en su artículo 20 que respetando las disponibilidades presupuestarias
del Capítulo I del presupuesto de gastos, la tasa de reposición se fija en el 120% en los
denominados sectores prioritarios.
El artículo 20.Uno.3) de la citada ley establece que se consideran sectores
prioritarios a efectos de la tasa de reposición: «Plazas de los Cuerpos de Catedráticas/os
y de Profesoras/es Titulares de Universidad, Profesoras y Profesoras/es Permanentes
Laborales, regulados en los artículos 68 y 82 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo,
del Sistema Universitario, y a las plazas de personal de administración y servicios de
las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que
dependan autoricen las correspondientes convocatorias.
Dentro del límite de la tasa de reposición correspondiente a los Cuerpos de
Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad y a los Profesores
Permanentes Laborales previsto en el párrafo anterior, cada Universidad estará obligada a
destinar, como mínimo, un 15 por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación,
en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que
haya obtenido el certificado I3 dentro del marco del Programa Ramón y Cajal. En el
supuesto de que no se utilicen todas las plazas previstas en esta reserva, estas se podrán
ofertar a otros investigadores de programas de excelencia, nacionales o internacionales
y que hayan obtenido el certificado I3. En este caso, la Universidad deberá aportar un
certificado del Ministerio de Universidades en el que conste que los programas ofertados
reúnen los requisitos establecidos en este apartado.
RESU ELVO
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador
de la Universidad de Almería para el año 2024 (véase anexo).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308629
Por otra parte, a partir del procedimiento de cálculo establecido en el artículo 20.Tres.7
y sobre la base de altas y bajas producidas en el ejercicio de 2023, la tasa de reposición
para el Personal Docente e Investigador para la Universidad de Almería para el año 2024
será hasta un máximo de 60 plazas.