3. Otras disposiciones. . (2024/194-34)
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba la ampliación de la clasificación de la vía pecuaria Vereda de la Cañada de Huéscar y Abrevaderos, en el término municipal de Castril, provincia de Granada.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 194 - Viernes, 4 de octubre de 2024

página 51581/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 26 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba la ampliación de la clasificación
de la vía pecuaria Vereda de la Cañada de Huéscar y Abrevaderos, en el
término municipal de Castril, provincia de Granada.
EXPTE: VP@1126/2022.
Visto el expediente administrativo, instruido por la Delegación Territorial de
Sostenibilidad y Medio Ambiente en Granada, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Orden Ministerial de fecha 30 de septiembre de 1968, se aprobó
el Proyecto de Clasificación del término municipal de Castril, publicado en el Boletín
Oficial del Estado núm. 247, de fecha 14 de octubre de 1968, y en el Boletín Oficial de la
Provincia núm. 239, de fecha 22 de octubre de 1968.
Segundo. La Delegación Territorial en Granada, de conformidad con lo establecido
en la disposición adicional primera de la Ley 3/95, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias,
rubricada «Clasificación urgente de vías pecuarias no clasificadas». Las vías pecuarias
no clasificadas conservarán su condición originaria y deberán ser objeto de clasificación
con carácter de urgencia, eleva propuesta de inicio del procedimiento administrativo de
Clasificación, motivado por la existencia en el Parque Natural Sierra de Castril, de una
importante cabaña ganadera que realiza la trashumancia en invierno desde la Sierra
de Castril hacia las tierras bajas de Sierra Morena, posibilitándose el paso de ganados
hacia la provincia de Jaén, sin desdeñar la posibilidad de otros usos compatibles y
complementarios, como infraestructura verde.
Tercero. Realizada la investigación de la documentación contendida en el Fondo
Documental de Vías Pecuarias y otros fondos documentales disponibles, se constata la
existencia de la vía pecuaria «Vereda de la Cañada de Huéscar» y los Abrevaderos de
la Fuen Fría, de Marfil, del Espino, de Espaldabellacos, Hoya de las Pegueras, Dornajos
del Lobo, Hoyos de Moreno, de Puente Lezar, de Arroyo Cerrezo, de Peñón Cuadrado y
del Arroyo de Juan Ruiz y con dicha base se emite el informe técnico contemplado en el
artículo 13 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de
Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Quinto. Previamente publicado en los tablones de anuncio del Ayuntamiento de Castril
y de la Oficina Comarcal Agraria de Huéscar, previa notificación a las partes interesadas
conocidas, organizaciones y demás colectivos con intereses implicados, se procedió a
la realización de las operaciones materiales del acto administrativo de clasificación, el
cual se llevó a cabo en dos fase, como consecuencia de las numerosas manifestaciones
formuladas por los asistentes al acto, relativa a la disconformidad respecto al trazado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00308529

Cuarto. Mediante Resolución de fecha 11 de abril de 2023, de la Viceconsejería, se
acuerda iniciar el procedimiento administrativo de ampliación de la clasificación de las
vías pecuarias del término municipal de Castril, con el fin de incorporar a la clasificación
vigente la Vereda de la Cañada de Huéscar y los Abrevaderos.