Disposiciones generales. . (2024/192-5)
Resolución de 25 de septiembre de 2024, del Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las subvenciones para acciones de asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y fomento de la cultura preventiva para personas trabajadoras autónomas, reguladas en la Orden de 14 febrero de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de formación, asistencia técnica e información en materia de prevención de riesgos laborales y cultura preventiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51381/5
Séptimo. Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de la
posición presupuestaria G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual
por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a continuación:
EJERCICIO
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CONCEPTO
CUANTÍA TOTAL
MÁXIMA
2024
1231010000 G/31O/48300/00 01 2024
Mejora condiciones de trabajo
y para formación y divulgación,
prevención Riesgos Laborales.
112.500,00 euros
2025
1231010000 G/31O/48300/00 01 2025
Mejora condiciones de trabajo
y para formación y divulgación,
prevención Riesgos Laborales.
37.500,00 euros
Octavo. Aumentos en el crédito disponible.
1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 10 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y de acuerdo con el
artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto
de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, la Dirección-Gerencia del
IAPRL podrá dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo. Estos aumentos en el crédito disponible se distribuirán
respetando el orden de prelación entre las solicitudes, establecido por la comisión de
valoración regulada en el apartado 13 del cuadro resumen.
2. No tendrán la consideración de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito
disponible, aquellos que se generen como consecuencia de la renuncia de entidades
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos y que a continuación se relacionan, a los que deberán ajustarse las solicitudes
presentadas y, en su caso, los trámites de audiencia, reformulación y aportación de
documentación:
a) Solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Los formularios anteriores se podrán obtener en la oficina virtual de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del
Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24755.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308330
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2024, en orden al cumplimiento de la
normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, se autoriza a la Dirección-Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de
la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no
hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las
convocatorias futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la Ley
12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51381/5
Séptimo. Créditos presupuestarios.
Las subvenciones se concederán con cargo a los créditos presupuestarios de la
posición presupuestaria G/31O/48300/00, del programa 31O Prevención de Riesgos
Laborales y Salud Laboral. Se podrán adquirir compromisos de gasto de carácter plurianual
por las cuantías totales máximas que para cada anualidad se detallan a continuación:
EJERCICIO
PARTIDA PRESUPUESTARIA
CONCEPTO
CUANTÍA TOTAL
MÁXIMA
2024
1231010000 G/31O/48300/00 01 2024
Mejora condiciones de trabajo
y para formación y divulgación,
prevención Riesgos Laborales.
112.500,00 euros
2025
1231010000 G/31O/48300/00 01 2025
Mejora condiciones de trabajo
y para formación y divulgación,
prevención Riesgos Laborales.
37.500,00 euros
Octavo. Aumentos en el crédito disponible.
1. Conforme a lo establecido en la letra e) del artículo 10 del Reglamento de los
Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y de acuerdo con el
artículo 5.5 del texto articulado de la Orden de 20 de diciembre de 2019, en el supuesto
de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, la Dirección-Gerencia del
IAPRL podrá dictar una resolución complementaria de concesión de la subvención que
incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias
por agotamiento del mismo. Estos aumentos en el crédito disponible se distribuirán
respetando el orden de prelación entre las solicitudes, establecido por la comisión de
valoración regulada en el apartado 13 del cuadro resumen.
2. No tendrán la consideración de eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito
disponible, aquellos que se generen como consecuencia de la renuncia de entidades
beneficiarias, de la revocación de la resolución de concesión o de los sobrantes del
crédito por un número de solicitudes presentadas menor del estimado.
Décimo. Solicitudes y formularios. Presentación electrónica.
1. Se aprueban para la presente convocatoria los formularios que constan como
anexos y que a continuación se relacionan, a los que deberán ajustarse las solicitudes
presentadas y, en su caso, los trámites de audiencia, reformulación y aportación de
documentación:
a) Solicitud (Anexo I).
b) Formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos
(Anexo II).
Los formularios anteriores se podrán obtener en la oficina virtual de la Consejería
de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, desde la siguiente dirección electrónica del
Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24755.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00308330
Noveno. Cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
Durante el ejercicio presupuestario de 2024, en orden al cumplimiento de la
normativa reguladora y de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, se autoriza a la Dirección-Gerencia del IAPRL para, con cumplimiento de
la normativa reguladora de las subvenciones, dejar sin efecto las convocatorias que no
hayan sido objeto de resolución de concesión, así como para suspender o no realizar las
convocatorias futuras. Todo ello en los términos establecidos en el artículo 29.2 de la Ley
12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el año 2024.