3. Otras disposiciones. . (2024/192-57)
Resolución de 23 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Histórico, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, de la Actividad de Interés Etnológico denominada Caza de la Perdiz con Reclamo en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51356/7
resistencia y la durabilidad. El material básico es el alambre galvanizado, las ramas de
olivo y la cuerda de pita, de enea o incluso de cáñamo para el fondo, aunque también
son utilizados otros tipos de materiales modernos, tanto naturales como industriales,
de distinto diámetro y color. Son escasas las jaulas destinadas a la comercialización, y
el destino más habitual es el regalo a los compañeros cuquilleros.La permanencia del
diseño peculiar de las jaulas de perdiz, desde los mosaicos pre-cristianos hasta hoy, ha
contribuido a la producción artesanal de artículos decorativos sobre la base original de la
estructura de la jaula.
La artesanía relacionada con el mundo de la perdiz con reclamo también involucra a
artesanos de otros oficios, principalmente a herreros y carpinteros. Por su parte, en las
fraguas y herrerías se realizan las estructuras para pulpitillos y tollos, los cuales han de
tener un peso relativo y con una terminación puntiaguda que pueda pincharse en el suelo.
Cabe mencionar especialmente a los taxidermistas, que aunque se dedican a cuestiones
de disecación de animales en un marco cinegético más amplio, han de embalsamar a no
pocas perdices que han sido reclamos durante toda su vida y que los cuquilleros desean
conservarlas no solo en su memoria, sino tenerlas presente «físicamente» en alguna de
las dependencias del hogar.
00308305
V. Instrucciones particulares a modo de medidas de salvaguarda.
En aplicación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía, y las medidas recogidas en el Convención para la Salvaguarda del Patrimonio
Cultural Inmaterial, aprobada en 2003 por la Unesco y ratificada por el Estado español en
2006 (BOE núm. 31, de 5.2.2007), se redactan las siguientes instrucciones particulares
y recomendaciones para la conservación y salvaguarda de los valores patrimoniales
que caracterizan la Actividad de Interés Etnológico denominada caza de la perdiz
con reclamo en Andalucía y que justifican su inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, entendiendo por salvaguarda
lo recogido textualmente en el artículo 3 de la citada Convención como «las medidas
encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas
la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción,
valorización, transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal–
y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos». Y en el artículo 15 las
funciones de las administraciones públicas, señalando que «cada estado parte tratará
de lograr una participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos, y si
procede, los individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos
activamente a la gestión del mismo».
A la comunidad portadora de la actividad caza de la perdiz con reclamo en
Andalucía, en coordinación con la administración cultural, se le proponen las siguientes
recomendaciones para la salvaguarda:
1. Medidas de documentación y difusión.
2. Medidas de promoción y sensibilización: informar y sensibilizar a la opinión pública
de lo que representa en todos los sectores la actividad y de las amenazas que pudieran
presentarse para su trasmisión y desarrollo; así mismo promoción y difusión de las
iniciativas de los distintos colectivos y sectores protagonistas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 192 - Miércoles, 2 de octubre de 2024
página 51356/7
resistencia y la durabilidad. El material básico es el alambre galvanizado, las ramas de
olivo y la cuerda de pita, de enea o incluso de cáñamo para el fondo, aunque también
son utilizados otros tipos de materiales modernos, tanto naturales como industriales,
de distinto diámetro y color. Son escasas las jaulas destinadas a la comercialización, y
el destino más habitual es el regalo a los compañeros cuquilleros.La permanencia del
diseño peculiar de las jaulas de perdiz, desde los mosaicos pre-cristianos hasta hoy, ha
contribuido a la producción artesanal de artículos decorativos sobre la base original de la
estructura de la jaula.
La artesanía relacionada con el mundo de la perdiz con reclamo también involucra a
artesanos de otros oficios, principalmente a herreros y carpinteros. Por su parte, en las
fraguas y herrerías se realizan las estructuras para pulpitillos y tollos, los cuales han de
tener un peso relativo y con una terminación puntiaguda que pueda pincharse en el suelo.
Cabe mencionar especialmente a los taxidermistas, que aunque se dedican a cuestiones
de disecación de animales en un marco cinegético más amplio, han de embalsamar a no
pocas perdices que han sido reclamos durante toda su vida y que los cuquilleros desean
conservarlas no solo en su memoria, sino tenerlas presente «físicamente» en alguna de
las dependencias del hogar.
00308305
V. Instrucciones particulares a modo de medidas de salvaguarda.
En aplicación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de
Andalucía, y las medidas recogidas en el Convención para la Salvaguarda del Patrimonio
Cultural Inmaterial, aprobada en 2003 por la Unesco y ratificada por el Estado español en
2006 (BOE núm. 31, de 5.2.2007), se redactan las siguientes instrucciones particulares
y recomendaciones para la conservación y salvaguarda de los valores patrimoniales
que caracterizan la Actividad de Interés Etnológico denominada caza de la perdiz
con reclamo en Andalucía y que justifican su inscripción en el Catálogo General del
Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, entendiendo por salvaguarda
lo recogido textualmente en el artículo 3 de la citada Convención como «las medidas
encaminadas a garantizar la viabilidad del patrimonio cultural inmaterial, comprendidas
la identificación, documentación, investigación, preservación, protección, promoción,
valorización, transmisión –básicamente a través de la enseñanza formal y no formal–
y revitalización de este patrimonio en sus distintos aspectos». Y en el artículo 15 las
funciones de las administraciones públicas, señalando que «cada estado parte tratará
de lograr una participación lo más amplia posible de las comunidades, los grupos, y si
procede, los individuos que crean, mantienen y transmiten ese patrimonio y de asociarlos
activamente a la gestión del mismo».
A la comunidad portadora de la actividad caza de la perdiz con reclamo en
Andalucía, en coordinación con la administración cultural, se le proponen las siguientes
recomendaciones para la salvaguarda:
1. Medidas de documentación y difusión.
2. Medidas de promoción y sensibilización: informar y sensibilizar a la opinión pública
de lo que representa en todos los sectores la actividad y de las amenazas que pudieran
presentarse para su trasmisión y desarrollo; así mismo promoción y difusión de las
iniciativas de los distintos colectivos y sectores protagonistas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja